Gaceta Oficial
Alejandro Fleming habló de la providencia 125 que se refiere a la autorización dedivisas para el pago en consumos en el exterior. “Es importante resaltar que pueden acceder a estas modalidades aquellas personas que están legalmente residenciadas enVenezuela, esos trámites son: divisas en efectivo, uso de tarjeta de crédito y pago de las compras por Internet. Quedan excluidos los que fueron beneficiados por remesasfamiliares, pago de actividades académicas en el exterior, es decir, los estudiantes que reciben un dinero por cursar estudios en el exterior”.
“El monto máximo autorizado es de3.000 dólares por un año y de él se descuentan todos los conceptos, es decir, cuando las personas vayan a un destino a pasar más de ocho días y accedan al monto máximo deallí se descontarán los otros puntos como el pago por internet, el uso de las tarjetas de crédito en el exterior y el acceso al efectivo”, apuntó el Presidente del Cencoex.
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