Gestión de derechos
Gestión de derechos de música
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Los derechos son el punto más importante a la hora de gestionar la música en cualquier medio de comunicación. La música posee una serie de condiciones derivadas de su autoría, es decir, de la presencia de una persona tras lo escuchado. La cantidad de música empleada hace que sea necesario definir las diferentes opciones de p generación dederechos
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Los Autores Los artistas, intérpretes o ejecutantes artistas
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Es el hecho generador de la propiedad intelectual la creación de una obra científica, artística o literaria El acto de creación de una obra original es el modo de adquirir los derechos de propiedad intelectual de una manera primigenia
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Derechos morales: Son irrenunciables y directamente son utilizables al firmar la obra (pero esa firma debe ser fijada por la entidad correspondiente) Derechos de explotación: Provenientes de la explotación de la obra y pueden ser cedidos ó a terceras personas
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Divulgación y autoría: Decidir cómo, cuando, Di l ió t í D idi ód en qué forma y bajo qué nombre debe a darse a conocer la obra obra. Paternidad: Reconocimiento como autor Respeto a la integridad d lla obra R l i id d de b Modificación Arrepentimiento: Retirar la obra del comercio con sus consecuencias Acceso al ejemplar único de la obra.
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Si Sirve para la protección únicamente de los derechos l t ió ú i t d l d hmorales, evitando plagios y deformaciones de las obras Entidad dependiente de la Comunidad de Madrid ( (Comunidades Autónomas) ) No hay que hacerse socio y hay que pagar por cada registro según el tipo de obra y el tamaño de la misma Solo sirve para los autores, los intérpretes no lo necesitan
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Para la comunidad de Madrid la oficina se encuentra enPlaza dell Descubridor Diego de O dá 3 Pl Pl d D b id Di d Ordás, 3, Planta baja
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Reproducción: Fij ió y obtención de copias R d ió Fijación bt ió d i Distribución: Puesta a disposición del público Comunicación pública: Acceso de personas sin distribución Transformación p p privada Remuneración por copia p Remuneración por alquiler
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Para los autores : SGAE (Sociedad General de ) Autores y Editores) Para los intérpretes. AIE (Asociación de Intérpretes y ejecutantes
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Entidad de gestión de los derechos de p explotación de los autores Pueden hacerse socios todos aquellos que hayan tenido una comunicación pública de alguna de sus obras Cuesta dinero hacersesocio pero el registro de obras es gratuito
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Son aquellos que crean la obra Persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica Deben D b ser personas fí i físicas
Compositor Arreglista Letrista
Adaptador
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Derechos de autor música
Musicales Letra y base musical
Sinfónicos Partituracompleta
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Musicales: Melodía de voz y acordes Arreglos: Partitura completa Sinfónicos: Partitura completa Electrónica: Formato audio siempre y cuando no sea transcribible
En musicales, se puede declarar en f formato audio y la propia SGAE saca la partitura
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Los autores en productos audiovisuales son cuatro:
1. 2.3. 4.
Cada uno cobra un 25% de los derechos generados por la g p explotación del producto audiovisual Para poder cobrarlos se debe registrar como autor de la obra audiovisual. Para ello necesita un contrato de la productora en lla que se especifique lla cesión de derechos d ifi ió d d h correspondiente y la guarda de remuneraciones producidas por los mismos Se id S pide que la...
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