HECHOI 2
Corresponde al legislador tributario instituir cada uno de lostributos que en consuno darán vida al sistema fiscal. Su creación depende de los presupuestos normativos a los que, está vinculado el nacimiento de la obligación tributaria. Cada uno de ellos sólo tendrá una vía de manifestación: la ley. En este sentido, es a través de una construcción lógica fáctica, y de su realización posterior, que se vincula al contribuyente con la administración, éstaúltima como acreedora de una deuda impositiva. Así, la realización del hecho imponible previene el surgimiento del sujeto pasivo, frente aquel otro considerado como titular de la prestación. Al hecho imponible suele denominársele de formas distintas: presupuesto normativo, presupuesto de hecho, hecho generador, hipótesis de incidencia, entre otros. En el caso de México el Código Fiscal de laFederación, en su artículo 6, señala: “Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurran”. No se utiliza la voz “hecho imponible”. Sin embargo, asimila este último, como consecuencia de la influencia francesa, específicamente de las ideas de Mehl, a la voz “presupuesto de hecho” (faitgenerateur). Por su parte en Italia s alude a la fattispecie y en Alemania al tabtestand.
II. La ejecución del hecho imponible demarca el inicio de la actividad tributaria. El obligado tributario por la realización del presupuesto fáctico, adquiere un deber fiscal para desempeñar. La pretensión del acreedor tributario surge, a su vez, después de verificarse el hecho imponible. Ésta sólo podrá demandarsecuando el contribuyente incumpla con su obligación y se agoten las instancias formales que establece el Código Fiscal de la Federación. En consecuencia, la ejecución del hecho imponible implica para el sujeto que lo consuma un deber de hacer, sin que esto desemboque, de manera inmediata, en el surgimiento de una obligación de pago, y por tanto el correlativo derecho de la autoridad de requerir elcumplimiento de la obligación impositiva. De la perpetración del hecho imponible deviene el nacimiento de la obligación tributaria, se identifica al sujeto pasivo, se determinan los casos de exención, y se clasifican los de no sujeción, se está en posición de cuantificar la obligación tributaria en coadyuvancia con la base imponible, y el tipo. Por otra parte se logra clasificar al tributo. Y enel caso de los impuestos se valora su contenido, atendiendo a su naturaleza directa o indirecta. Por lo dicho, debemos distinguir el hecho imponible del hecho generador. El primero, como ya se dijo, consiste en una hipótesis normativa, en el presupuesto fáctico establecido en ley, de cuya realización depende el nacimiento de la obligación tributaria. En cambio, el segundo, es el hecho concreto...
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