indemnizacion

Páginas: 8 (1981 palabras) Publicado: 19 de noviembre de 2014
Expediente Nº:
Cuaderno: Principal
Escrito Nº : 01
Sumilla: Demanda

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LIMA SUR.

CARLOTA ESPINOZA SALAS, con Documento Nacional de Identidad Nº 06210835, con Domicilio Real en el Jirón Acomayo Nº 178 Departamento “A” Conde La Vega Baja, Distrito de Villa Maria Del Triunfo; y señalando domicilioProcesal en la Casilla Nº 329 de la Central de Notificaciones del Poder Judicial de Lima Sur; a Ud., respetuosamente digo:

I. DEMANDADOS
1.1. ENRIQUE VASQUEZ VASQUEZ, con domicilio real en El Jirón Patriotismo Nº 608 Urbanización Pro, Segunda Etapa - Distrito de Villa Maria del Triunfo, Provincia y Departamento de Lima, en calidad de conductor y propietario.II. PETITORIO
Invocando interés y legitimidad para obrar (1), por derecho propio, interpongo pretensiones de:
Artículo IV del Código Procesal Civil.- Principios de Iniciativa de Parte y de Conducta Procesal.- El proceso se promueve sólo a iniciativa de parte, la que invocará interés y legitimidad para obrar. No requieren invocarlos elMinisterio Público, el procurador oficioso ni quien defiende intereses difusos.

2.1. Pretensión Principal Pago de indemnización por daños y perjuicios derivado de responsabilidad extracontractual, a fin de que los demandados cumplan con indemnizarme con la suma de S/. 250,000.00 Nuevos Soles por los siguientes conceptos:A) Daño Patrimonial: Daño Emergente S/. 5,000.00 Nuevos Soles; teniendo en cuenta que Hay daño emergente cuando se incumple un contrato, cuando se destruye o deteriora un bien, o cuando se lesiona una persona, entre otros.
B) Daño Extra patrimonial: Daño Moral y Personal S/. 245,000.00 Nuevos Soles
2.2. Pago de costas y costos del proceso.III. FUNDAMENTOS FACTICOS DE LA DEMANDA.
Teoría de la causa próxima o inmediata.
3.1. Evento Dañoso y relación de causalidad:
3.1. A. El día 08 de Abril del 2011, siendo las 19.30 horas aproximadamente, la recurrente se encontraba en calidad de pasajera del vehiculo de placa de Rodaje RIY-644, conducido por el chofer y propietario ENRIQUE VASQUEZVASQUEZ, en circunstancia que se desplazaba en el sentido de circulación de Lima a Sur, de la Avenida Panamericana Sur a inmediaciones de la intersección formada con la Avenida Angamos, ubicándome en el estribo para bajar en paradero, a la altura del Pedagógico de Monterrico, pero de un momento a otro el vehiculo retrocede bruscamente sin control en cuyo trayecto el cobrador abre la puerta y se lanzahacia el césped del jardín, en vista que los frenos del vehiculo no respondían, por lo que el conductor-chofer realiza una maniobra hacia la izquierda motivando para que la recurrente cayera hacia la pista golpeándome la cabeza y fracturándome la clavícula y como consecuencia de ello tengo–luxo fractura fragmentaria angulada región central de clavícula que compromete la articulación externaclavicular, traumatismo abdominal cerrado y policontusa, todo a su vez por la violencia de la caída del vehículo que estaba en movimiento en retroceso, para luego sufrir el aplastamiento de la pierna izquierda, sufriendo de esta manera fractura trasversal alineada de maleolo peroneo de la pierna izquierda, herida de coagulo de mas de 10 a 12 centímetros en pierna izquierda con exposición muscular;.porlo que fui llevada a la Clínica Ricardo Palma, y por la gravedad de las lesiones fui derivada a la Clínica Maisson de Sante, quedando internada por siete días, lo cual he permanecido postrada en cama por dos meses.
3.1. B. Que, conforme se determino en la inspección técnico policial, en donde se señala que el factor determinante fue la acción negligente e imprudencia del...
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