JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRNSITO INQUILINARIO Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIN JUDICIAL DE LA REGIN CENTRO-NORTE DEL ESTADO CARABOBO SUDESPACHO.-Nosotros, Guillermo Licn Garzaro, Mayela Ostos Fuenmayor y Rubn Pinero Len, mayores de edad, titulares de las cdulas de identidad nmeros 10.234.459, 11.525.950 y 5.375.977.en su orden. Abogados enejercicio inscritos en el Inpreabogado bajo los nmeros 99182, 95183, 99562, respectivamente, actuando en este acto con el carcter de endosatarios a titulo de procuracin del ciudadano LUIS G. CURVELOTOVAR, tal como se evidencia en los autos, y encontrndonos dentro de la oportunidad legal correspondiente a la presentacin del escrito de informes, procedemos hacerlo en los siguientes trminosEn fecha 01 de Octubre del ano 2002, interpusimos demanda en representacin del ciudadano LUIS G. CRVELO TOVAR, motivo de intimacin al cobro contra el ciudadano RENE POLEO AGERO, identificadoen autos, a los fines de obtener de ste, el pago de una suma liquida de dinero que ste le debe a nuestro representado por ante este tribunal, la cual fue admitida y se acord la intimacin del demandado,la cual tuvo lugar el da 15 de noviembre del 2002, haciendo oposicin al decreto intimatorio en fecha 25 de febrero del 2003, llegando a fundamentar a tal modo que tocaron el fondo de la demanda, peroen la oportunidad correspondiente a la contestacin de la demanda no compareci el demandado ni sus representantes legales, ya que debi contestarla en fecha 18 de marzo del 2003 de conformidad con elarticulo 652 del Cdigo de Procedimiento Civil en concordancia con el 362 del Cdigo de Procedimiento Civil relativo a la confesin ficta ya que si el demandado no contesta la demanda en los plazossealados por este Cdigo, que en el caso del presente juicio corresponda a cinco (5) das de Despacho siguientes a la oposicin del demandado y no habiendo probado la parte demandada medios probatorios de...
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