Intangibles Deducibles Y No Deducibles En La LIR

Páginas: 23 (5739 palabras) Publicado: 8 de abril de 2015




DEDUCIBILIDAD Y NO DEDUCIBILIDAD DE INTANGIBLES EN LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA.


GASTOS DEDUCIBLES

Art. 37 LIR inciso g).   Los gastos de organización, los gastos preoperativos iniciales, los gastos preoperativos originados por la expansión de las actividades de la empresa y los intereses devengados durante el período preoperativo, a opción del contribuyente, podrán deducirse en elprimer ejercicio o amortizarse proporcionalmente en el plazo máximo de diez (10) años. (1)

Art. 21 Rgto LIR, inciso d). La amortización a que se refiere el inciso g) del Artículo 37º de la Ley, se efectuará a partir del ejercicio en que se inicie la producción o explotación.
Una vez fijado el plazo de amortización sólo podrá ser variado previa autorización de la SUNAT. El nuevo plazo se computará apartir del ejercicio gravable siguiente a aquél en que fuera presentada la solicitud por el contribuyente sin exceder en total el plazo máximo de diez años.
Los intereses devengados durante el período preoperativo comprenden tanto a los del período inicial como a los del período de expansión de las operaciones de la empresa.

RESOLUCIONES DEL TRIBUNAL FISCAL

RTF N°: 5355-1-2002 Fecha: 13.09.2002Sumilla: Es deducible como gasto de organización, la erogación originada por obtención de un informe técnico arquitectónico que permite al contribuyente evaluar si la inversión destinada a adquirir un local resultaba adecuada o favorable a sus intereses.

RTF N°: 5349-3-2005 Fecha: 26.08.2005
Sumilla: De acuerdo con una interpretación sistemática, la amortización a que se refiere el inciso g)del artículo 37º de la LIR deberá efectuarse a partir del ejercicio en el que se hubiera iniciado la producción o explotación, es decir entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año, y proporcionalmente, esto es, en partes iguales entre los años del plazo que el contribuyente optó para efecto de dicha amortización.


(1) De acuerdo a la NIC 38, estos gastos no corresponden a Intangibles,corresponden a una interpretación tributaria. Ver párrafo 68 de la NIC 38.. Contablemente pueden registrarse como gasto, y vía DJ amortizarlo en el período indicado, esto en razón en que a diferencia de la depreciación la norma no requiere que se asiente en libros y registros contables, la amortización, para proceder con la deducción tributara. Como veremos en el Reglamento Art. 21 inciso d) eltérmino “primer ejercicio” corresponde al primero en que se inicia la producción o explotación , ver también las posiciones de las RTF. Revisar Art 3 de la Ley 28424 ITAN, inciso a) por inafectaciones.


La asignación de los gastos diferidos, a diferencia de los activos fijos tangibles, no se encuentra relacionada con la vida útil de estos activos, por tanto, no es razonable entender que laproporcionalidad de la amortización a la que alude el inciso g) del artículo 37º de la LIR obedezca al reconocimiento de los beneficios económicos obtenidos durante dicha vida útil.

RTF N°: 4971-1-2006 Fecha: 12.09.2006
Sumilla: La norma permite la deducción de gastos de investigación, desarrollo o preoperativos con la expansión de las actividades de las empresas, es decir que tienen por objeto lograrun nuevo producto o servicio, los cuales resultan necesarios para determinar si la inversión será adecuada o favorable para sus intereses, pero no condiciona tal deducción a la efectiva generación de ingreso, pues lo relevante es su potencialidad para generar beneficios futuros en el entendido que la inversión puede no ser exitosa.

RTF N°: 591-4-2008 Fecha: 16.01.2008
Sumilla: Un estudiotécnico-económico para participar en una licitación de obra constituye un gasto preoperativo y se registrará como activo diferido (2); sin embargo, si la licitación no llega a ejecutarse deberá deducirse como gasto cuando exista certeza de que no se suscribiría la obra.

En los contratos de construcción, los gastos por instalación de campamento no son gastos preoperativos, sino parte del costo del...
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