Interes Simple
ARTICULO 13
Artículo 13. Tabla de Cotizaciones Mínimas y Máximas. En desarrollo del artículo 27 del Decreto 1295 de 1994, se adopta la siguiente tabla de cotizaciones para cadaclase de riesgo:
TABLA DE COTIZACIONES MINIMAS Y MAXIMAS |
CLASE DE RIESGO | VALOR MINIMO | VALOR INICIAL | VALOR MAXIMO |
I | 0.348% | 0.522% | 0.696% |
II | 0.435% | 1.044% | 1.653% |
III| 0.783% | 2.436% | 4.089% |
IV | 1.740% | 4.350% | 6.960% |
V | 3.219% | 6.960% | 8.700% |
Toda empresa que ingrese por primera vez al Sistema General de Riesgos Profesionales, cotizará por elvalor correspondiente al valor inicial de la clase de riesgo que le corresponda.
Artículo 18. Monto de las cotizaciones.
El monto de las cotizaciones no podrá ser inferior al 0.348%, ni superioral 8.7%, de la base de cotización de los trabajadores a cargo del respectivo empleador.
Artículo 26. Tabla de Clases de Riesgo.
Para la Clasificación de Empresa se establecen cinco clases de riesgo:TABLA DE CLASES DE RIESGO |
CLASE I | Riesgo mínimo |
CLASE II | Riesgo bajo |
CLASE III | Riesgo medio |
CLASE IV | Riesgo alto |
CLASE V | Riesgo máximo |
Artículo 27. Tabla deCotizaciones Mínimas y Máximas.
Para determinar el valor de las cotizaciones, el Gobierno Nacional adoptara la tabla de cotizaciones mínimas y máximas dentro de los limites establecidos en el artículo 18 deeste Decreto, fijando un valor de cotización mínimo, uno inicial o de ingreso y uno máximo, para cada clase de riesgo.
Salvo lo establecido en el artículo 33 de este Decreto, toda empresa queingrese por primera vez al sistema de riesgos profesionales, cotizara por el valor inicial de la clase de riesgo que le corresponda, en la tabla que expida el Gobierno Nacional.
Parágrafo. El GobiernoNacional, a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, revisara y si es del caso modificara, periódicamente las tablas contenidas en el presente artículo y en el artículo anterior.
Artículo...
Regístrate para leer el documento completo.