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REGLAMENTO PARA LA VENTA,ALMACENAJE Y CONSUMO PÚBLICO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS PARA EL MUNICIPIO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA:
Capitulo Decimo: De las obligaciones:
Artículo 80, fracción III: -Avisar a la autoridad cuandose sorprenda a menores de dieciocho años de edad tratando de ingresar con documentos falsos, a un establecimiento cuya actividad preponderante sea la venta de bebidas alcohólicas;
Capitulo Decimoprimero: Restricciones y Prohibiciones:
Artículo 81, fracción IV: Se prohíbe que en los establecimientos se desarrollen o toleren conductas o actividades que afecten el interés social. Seconsidera que se afecta el interés social cuando derivado de la realización de cualquiera de las actividades reguladas:
IV.- Se propicie la observación de conductas perniciosas para menores de dieciochoaños de edad, o se perturbe la tranquilidad de los vecinos que asistan a algún establecimiento educativo, de salud, centro deportivo, religioso, recreativo u otros de reunión de menores.Artículo 83, fracción I, IV, V: Está prohibido a los permisionarios, operadores, encargados, administradores, representantes, o de quienes atiendan los establecimientos o trabajen en estos, además de loprevisto en la Ley, lo siguiente:
I.-Vender, proporcionar o permitir la venta o el consumo de bebidas alcohólicas, a personas menores de dieciocho años de edad; o permitirles el acceso aestablecimientos cuya actividad preponderante sea la venta para consumo de bebidas alcohólicas.
IV.-Emplear a menores de dieciocho años de edad en establecimientos cuya actividad preponderante sea la venta paraconsumo de bebidas alcohólicas.
V.-Permitir que personas menores de dieciocho años de edad, ofrezcan espectáculos de exhibicionismo corporal, lascivos o sexuales dentro del establecimiento.
LEY...
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