judicatura
Según el Art. 181 de la Constitución, serán funciones del Consejo de la Judicatura, además de las que determine la ley:
1. Definir y ejecutar las políticas para elmejoramiento y modernización del sistema judicial.
2. Conocer y aprobar la proforma presupuestarla de la Función Judicial, con excepción de los órganos autónomos.
3. Dirigir los procesos de selecciónde jueces y demás servidores de la Función Judicial, así como su evaluación, ascensos y sanción. Todos los procesos serán públicos y las decisiones motivadas.
4. Administrar la carrera y laprofesionalización judicial, y organizar y gestionar escuelas de formación y capacitación judicial.
5. Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.
Las decisiones del Consejo de laJudicatura se tomarán con el voto conforme de cinco de sus vocales, salvo las suspensiones y destituciones que requerirán el voto favorable de siete de sus integrantes.
Requisitos para ser vocal delConsejo de la Judicatura
Según el Art. 180 de la Constitución, las vocales y los vocales cumplirán los siguientes requisitos:
1. Ser ecuatoriana o ecuatoriano y estar en goce de los derechos políticos.2. Tener título de tercer nivel en Derecho legalmente reconocido en el país o en las ramas académicas afines a las funciones propias del Consejo, legalmente acreditado.
3. Haber ejercido con probidade idoneidad notorias la profesión o la docencia universitaria en Derecho o en las materias afines a las funciones propias del Consejo, por un lapso mínimo de diez años.
Procesos por bloques
Para...
Regístrate para leer el documento completo.