Jurisprudencia

Páginas: 12 (2908 palabras) Publicado: 27 de octubre de 2010
EXP. N.° 00281-2010-PA/TC
LIMA
ALBERTO MENDOZA
QUIÑONES
 
           
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
 
En Lima, a los 15 días del mes de octubre de 2010, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los magistrados Mesía Ramírez, Calle Hayen y Eto Cruz, pronuncia la siguiente sentencia
 
ASUNTO
 
Recurso de agravio constitucional interpuesto por donAlberto Mendoza Quiñones contra la sentencia expedida por la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 89, su fecha 3 de setiembre de 2009, que declara infundada la demanda de autos.
 
ANTECEDENTES
           
            El recurrente interpone demanda de amparo contra la Oficina de Normalización Previsional (ONP), solicitando que se declare la nulidad de laResolución 58078-2005-ONP/DC/DL19990, de fecha 4 de julio de 2005; y que, en consecuencia, se le otorgue pensión de jubilación adelantada conforme a la Ley 27803, más el pago de las pensiones devengadas y los intereses correspondientes.
 
            La emplazada contesta la demanda expresando que la pensión solicitada por el actor le fue denegada por no reunir los requisitos exigidos por ley, noexistiendo violación de derecho fundamental alguno. Asimismo, manifiesta que la pretensión del actor cuenta con una vía judicial igualmente satisfactoria para ventilarla.
 
            El Quincuagésimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, con fecha 12 de setiembre de 2008, declara infundada la demanda, considerando que el recurrente no ha aportado medio probatorio alguno para acreditar elnúmero de años de aportaciones suficientes para acceder a la pensión de jubilación solicitada.
 
            La Sala Superior competente confirmó la apelada, argumentando que si bien el demandante cumple el requisito de aportaciones, a la fecha de publicación de la última lista de ex trabajadores cesados irregularmente, esto es al 2 de octubre de 2004, no contaba con los 55 años de edad requeridospara acceder a la pensión solicitada.
 
FUNDAMENTOS
 
Procedencia de la demanda 
 
1.    En la STC 1417-2005-PA/TC, publicada en el diario oficial El Peruano el 12 de julio de 2005, este Tribunal ha señalado que forma parte del contenido esencial directamente protegido por el derecho fundamental a la pensión las disposiciones legales que establecen los requisitos para su obtención, y quela titularidad del derecho invocado debe estar suficientemente acreditada para que sea posible emitir un pronunciamiento estimatorio.
 
Delimitación del petitorio
 
2.      El demandante solicita el otorgamiento de la pensión de jubilación adelantada de acuerdo con los requisitos establecidos por la Ley 27803. En consecuencia, su pretensión está comprendida en el supuesto previsto en elfundamento 37.b) de la citada sentencia, motivo por el cual corresponde analizar el fondo de la cuestión controvertida.
 
Análisis de la controversia
 
3.      El inciso 2) del artículo 3 de la Ley 27803, del 29 de julio de 2002, dispone que los ex trabajadores que se encuentren debidamente inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados irregularmente, podrán optar por el beneficio dela pensión de jubilación adelantada.
 
4.     Asimismo, en el artículo 14 de la referida ley, modificado por el artículo 1 de la Ley 28738, se establece que podrán acceder al citado beneficio los ex trabajadores del Régimen Pensionario del Decreto Ley 19990, inscritos en el Registro Nacional, siempre que tengan a la fecha de publicación de la última relación de ex trabajadores cesadosirregularmente cuando menos 55 años de edad, en el caso de los hombres, y cuenten con un mínimo de 20 años de aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones, a la fecha de vigencia de la presente Ley.
 
5.      En la Resolución 2644-2008-ONP/GO/DL19990 (f. 80) consta que al demandante se le denegó el otorgamiento de la citada pensión aduciéndose que, si bien es cierto cuenta con 22 años y 3 meses...
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