Justicia Penal Militar
DEVASTACION SAQUEO REQUISICION EXACCION
ARTICULO 155: El que en actos delServicio y sin Justa Causa, destruya edificios, templos, archivos, monumentos u otros bienes de utilidad pública, o ataque a hospitales o asilos de beneficencia señaladoscon los signos convencionales. 156: Los que en operación de combate se apoderen de bienes muebles, sin justa causa y en beneficio propio o de un tercero. 157: Arbitraria:El que sin justa causa ordenare o practicare requisiciones.
158: Omisión en formalidades: El que practicare requisición sin cumplir las formalidades y sin quecircunstancias especiales lo obliguen a ello. 159: El que abusando de sus funciones, obligue a persona integrante de la población civil a entregar, o poner a su disposición,cualquier clase de bien o a suscribir o entregar documentos capaces de producir efectos jurídicos.
INCURRIRA De dos (2) a 0cho (8) años. De tres (3) a deis (6) años. De dos(2) a cinco (5) años.
De uno (1) a tres (3) años. De dos (2) a cinco (5) años.
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERA Tipificadas por el Derecho Penal Común y serjuzgadas por la jurisdicción ordinaria, pues ninguno de ellos puede ser considerado como delito en relación con el servicio y, por lo tanto, deben ser eliminados del Código PenalMilitar.
TRATA Comportamientos Delictivos en los cuales el sujeto activo está calificado por la calidad del miembro de la Fuerza Pública.
ALUDEN A ataques de bienesciviles, a operaciones de combate, a atentados contra integrantes de la población civil, es decir, expresiones y conceptos inherentes al derecho aplicable en la guerra.
Regístrate para leer el documento completo.