La Emancipacion De Menores
Consistía en un acto mediante el cual el padre de un menor que se acerca a la mayoría de edad podía declararlo apto para realizar todos oalgunos actos propios de los mayores de edad, es decir, el menor emancipado se liberaba de la patria potestad de sus padres.
La emancipación tuvo interéscuando la mayoría de edad se alcanzaba a los 25 años, según el Derecho Romano. Entonces la edad para la emancipación era de 18 años, pues la mayor edad era alos 21. Pero perdió interés desde que en Venezuela y en muchos países se la fueron rebajando, hasta que se fijó a los 18 años para ambos sexos, de conformidadcon lo establecido en el artículo 18 del Código Civil.
Debido a esta evolución legal, el Código no contempla otro caso de emancipación que el matrimonio deadolescentes, tipificado en el artículo 46. Como resulta que el matrimonio del menor produce de hecho la emancipación, el artículo 382 trae las reglas para elcaso de disolución y nulidad del matrimonio.
La edad mínima para casarse es 16 años el varón y 14 años la mujer (Art. 46), de manera que una adolescentepuede emanciparse se casa, digamos a los 15 años. De todas maneras la emancipación concede una capacidad de obrar muy limitada, pues se reduce a poder efectuaractos de simple administración (Art. 383), como seria cobrar alquileres, ordenar reparaciones que no excedan de un monto moderado, viajar sin necesidad deautorización paterna, inscribirse para estudios, etc., pero no da derecho, por ejemplo, a conducir vehículos a motor, en este caso se rige por la ley en la materia.
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