La Noción De Extranjero En El Derecho Romano
Al inicio de esta época, a mi parecer comienza a ser más parecida a la actual debido a que se comienza a eliminar las diferencias entre ciudadanos yextranjeros (no ciudadanos) en los procesos integración, especialmente, en el derecho Romano.
1. CLASIFICACIÓN DEL EXTRANJERON EN EL STATUS CIVITATIS.
En Roma, cuando se referían al caput (cabeza)del ser humano, esta estaba compuesta por el resultado de su clasificación en los estados jurídicamente establecidos. El status (estadio) era una cualidad la cual un hombre tenía algunos derechos.Los estados eran tres: status libertatis (estado de libertad), status civilatis (estado de ciudad) y status familiae (estado de familia).la pérdida de la libertad con lleva necesariamente a la perdidade la familia.
Todavía no hay una definición clara del estado público debido a que las fuentes no lo definen, pero se puede afirmar que status civitatis o estado público se puede entender como elconjunto de condiciones o cualidades jurídicamente relevantes.
Por ende, una clasificación de los extranjeros en Roma comienza con que relación tiene el individuo con la ciudad de Roma, y de este modolos hombres serán divididos en ciudadanos (cives) romanos y no ciudadanos (extranjeros).
Al paso de la historia de Roma, se puede apreciar que hay varias categorías de “no ciudadanos” dentro delstatus civitatis.
1.1 Latinus: “Esta compuesto por no ciudadanos” que se ubicaban en una situación intermedia entre los cives y los peregrinos (viajero).Por lo general eran tratados cono peregrinos
Eranextranjeros que tenían ciertos privilegios, y se habían acordado que tengan una cierta cantidad de derechos. Entre los derechos otorgados para quienes tenían la ciudadanía romana, como las nupcias,el derecho al sufragio entre otros.
Los latinos se caracterizan por:
• A) Latini veteres o prisci: Eran personas que pertenecían a las antiguas ciudades latinas. Ellos podían obtener la ciudadanía...
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