Laboral

Páginas: 7 (1635 palabras) Publicado: 11 de noviembre de 2015
Procedimientos de
los conflictos
colectivos de la
naturaleza
económica

Art 900.- Los conflictos colectivos
de naturaleza económica, son
aquéllos cuyo planteamiento
tiene por objeto la modificación o
implantación de nuevas
condiciones de trabajo, o bien, la
suspensión o
terminación de las relaciones
colectivas de trabajo, salvo que la
presente Ley señale otro
procedimiento.

Artículo 901.- Enla tramitación de los conflictos
a que se refiere este Capítulo, las Juntas deberán
procurar, ante todo, que las partes lleguen a un
convenio. A este fin, podrán intentar la
conciliación en
cualquier estado del procedimiento, siempre que
no se haya dictado la resolución que ponga fin al
conflicto.

Artículo 902.- El ejercicio del derecho de
huelga suspende la tramitación de los
conflictoscolectivos
de naturaleza económica, pendientes ante la
Junta de Conciliación y Arbitraje y la de las
solicitudes que
se presenten, salvo que los trabajadores
manifiesten por escrito, estar de acuerdo en
someter el conflicto
a la decisión de la Junta.

Artículo 903.- Los conflictos colectivos de naturaleza
económica podrán ser planteados por los
sindicatos de trabajadores titulares de los contratoscolectivos de trabajo, por la mayoría de los
trabajadores de una empresa o establecimiento, siempre
que se afecte el interés profesional, o por el
patrón o patronos, mediante demanda por escrito, la cual
deberá contener:
I. Nombre y domicilio del que promueve y los documentos
que justifiquen su personalidad;
II. Exposición de los hechos y causas que dieron origen al
conflicto; y
III. Las pretensionesdel promovente, expresando
claramente lo que se pide.

Artículo 904.- El promovente, según el caso, deberá acompañar a la
demanda lo siguiente
I. Los documentos públicos o privados que tiendan a comprobar la
situación económica de la empresa
o establecimiento y la necesidad de las medidas que se solicitan;
II. La relación de los trabajadores que prestan sus servicios en la empresa
oestablecimiento,
indicando sus nombres, apellidos, empleo que desempeñan, salario que
perciban y antigüedad en el
trabajo;
III. Un dictamen formulado por el perito relativo a la situación económica
de la empresa o
establecimiento;
IV. Las pruebas que juzgue conveniente para acreditar sus pretensiones; y
V. Las copias necesarias de la demanda y sus anexos, para correr traslado a
la contraparte.

Artículo 905.-La Junta, inmediatamente
después de recibir la demanda, citará a las
partes a una
audiencia que deberá efectuarse dentro de
los cinco días siguientes.

Artículo 906.- La audiencia se desarrollará de conformidad con las normas
siguientes:
I. Si el promovente no concurre a la audiencia, se le tendrá por desistido de su
solicitud;
II. Si no concurre la contraparte, se le tendrá por inconforme contodo arreglo. El
promovente hará una
exposición de los hechos y de las causas que dieron origen al conflicto y ratificará
su petición;
III. Si concurren las dos partes, la Junta, después de oír sus alegaciones, las
exhortará para que
procuren un arreglo conciliatorio. Los miembros de la misma podrán hacer las
sugestiones que juzguen
convenientes para el arreglo del conflicto;
IV. Si las partes llegana un convenio, se dará por terminado el conflicto. El
convenio, aprobado por la
Junta, producirá todos los efectos jurídicos inherentes a un laudo;
V. Si no se llega a un convenio, las partes harán una exposición de los hechos y
causas que dieron
origen al conflicto y formularán sus peticiones y a las que por su naturaleza no



VI. Concluidas las exposiciones de las partes y formuladas suspeticiones, se
procederá a ofrecerse y



en su caso, a desahogarse las pruebas admitidas;



VII. La Junta, dentro de la misma audiencia, designará tres peritos, por lo menos,
para que



investiguen los hechos y causas que dieron origen al conflicto, otorgándoles un
término que no podrá



exceder de treinta días, para que emitan su dictamen respecto de la forma en que,
según su parecer,

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