Las Farc
La cuestión sobre el reconocimiento en el ámbito interno comienza a resolverse, a través de un Acto administrativo dictado por el Estado Colombiano, donde se loreconocía como un “Grupo insurgente, con status político y beligerante a la vez”.
Este acto de reconocimiento tiene por propósito brindarle al grupo no estatal ciertos privilegios de guerra reservadospara los Estados, en atención a las circunstancias especiales que denota. De este modo, las relaciones entre el estado Colombiano y las “FARC” se rigen por las normas consuetudinarias de DerechoInternacional en materia de guerra y por los acuerdos que celebren entre ellos.
Para que este reconocimiento pueda llevarse a cabo, deben ocurrir condiciones tales como: 1) La existencia dentro del Estadode un conflicto armado de carácter general (es decir, que no sea uno puramente local) 2) Los insurgentes deben ocupar y administrar una porción sustancial de territorio nacional; 3) Deben llevar a cabolas hostilidades de acuerdo con las reglas de la guerra y mediante fuerzas armadas organizadas que actúan bajo una autoridad responsable; 4) Deben existir circunstancias que hagan necesario para losterceros Estados definir su actitud por medio del reconocimiento de beligerancia.
Sin embargo, no es suficiente que el grupo armado organizado cumpla con los presupuestos de la beligerancia, serequiere del reconocimiento por parte del Gobierno legal.
En cuanto al ámbito internacional al darle este carácter de beligerante o bélico, queda regulado por los Convenios de Ginebra en su Articulo...
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