Las olas
LEY QUE CREA AL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO PARQUES Y VIDA SILVESTRE
DE NUEVO LEÓN
(Publicada en el Periódico Oficial del Estado
de fecha 4 de septiembre de 2006)
Decreto 389
Última reforma integrada publicada
en Periódico Oficial de 24 diciembre 2010
La presente Ley tiene por finalidad regular la organización y funcionamiento del organismopúblico descentralizado, denominado Parques y Vida Silvestre de Nuevo León. El organismo, es la autoridad competente para aplicar las normas y atribuciones en materia de áreas naturales protegidas, gestión forestal y de la vida silvestre, pesca deportiva y recreativa, inspección y vigilancia, recursos naturales y parques públicos, y la facultad de aplicar y regular las disposiciones yatribuciones que las propias leyes federales establecen en las materias de vida silvestre, desarrollo forestal sustentable y pesca.
LEY QUE CREA AL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO PARQUES Y VIDA SILVESTRE
DE NUEVO LEÓN
Publicada en el Periódico Oficial del 4 de septiembre de 2006
CONTENIDO Pág.
CAPITULO I
DISPOSICIONESGENERALES 3
CAPÍTULO II
DE LAS ATRIBUCIONES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL ORGANISMO 5
SECCIÓN PRIMERA
DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 8
SECCIÓN SEGUNDA
DE LA JUNTA DE GOBIERNO 11
SECCIÓN TERCERA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL 15
SECCIÓN CUARTA
DEL COMISARIO 18
CAPÍTULO III
DE LOS RECURSOS FINANCIEROS Y MATERIALES 19
CAPÍTULO IV
DE LAS REGLAS DE GESTIÓN Y DE LASRELACIONES LABORALES 20
T R A N S I T O R I O S 20
LEY QUE CREA AL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO PARQUES Y VIDA SILVESTRE DE NUEVO LEÓN
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Las disposiciones contenidas en esta Ley son de orden público, interés social y de observancia general en el Estado de Nuevo León, y tienen por finalidadregular la organización y funcionamiento del organismo público descentralizado, denominado Parques y Vida Silvestre de Nuevo León.
Artículo 2.- Parques y Vida Silvestre de Nuevo León es un organismo público descentralizado de participación ciudadana de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de suobjeto y atribuciones.
Artículo 3.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
I. Organismo: Parques y Vida Silvestre de Nuevo León;
II. Consejo: El Consejo de Participación Ciudadana del Organismo;
III. Director General: El Director General del Organismo; y
IV. Reglamento Interior: El Reglamento Interior del Organismo.
Artículo 4.- El Organismo, a través de la Junta deGobierno, el Director General y servidores públicos facultados por el Organismo, es la autoridad competente para aplicar las normas y atribuciones que en materia de áreas naturales protegidas, y de la vida silvestre, pesca deportiva y recreativa, inspección y vigilancia recursos naturales y parques públicos, le encomienden la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, laLey Ambiental del Estado de Nuevo León y su Reglamento, y las demás Leyes y ordenamientos estatales y federales que resulten aplicables, así como los instrumentos jurídicos mediante los cuales, la Federación otorgue al Gobierno del Estado, la facultad de aplicar y regular las disposiciones y atribuciones que las propias Leyes federales establecen en las materias de vida silvestre y pesca.Artículo 5.- El Organismo tendrá por objeto:
I. Vigilar el cumplimiento de la normatividad aplicable mediante los planes, programas y proyectos en materia tanto de protección, fomento y conservación de los recursos naturales que se establecen de su competencia, como de inspección y vigilancia de los mismos, que al efecto sean concertados con la Federación y los municipios, con el objetivo de...
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