Legislacion boliviana de trata y trafico de personas
LEY Nº 054 LEY DE 8 DE NOVIEMBRE DE 2010 EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL, D E C R E TA :
LEY DE PROTECCIÓN LEGAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Artículo 1. (MarcoConstitucional y Objeto). I. La presente Ley tiene por fundamento constitucional los Artículos 60 y 61 de la Constitución Política del Estado en cuanto la función primordial del Estado de proteger a la niñez y la adolescencia. La presente Ley tiene por objeto proteger la vida, la integridad física, psicológica y sexual, la salud y seguridad de todas las Niñas, los Niños y Adolescentes.
II.
Artículo 2.(Modificación al Artículo 246 del Código Penal). Modifícase el Artículo 246 del Código Penal, en la forma siguiente: “Artículo 246. (Substracción de una Niña, Niño, Adolescente o Jurídicamente Incapaz).- El que substrajere a un menor de dieciséis años o a un jurídicamente incapaz, de la potestad de sus padres, adoptantes, tutores o curadores, y el que retuviere a la niña, niño o adolescentecontra su voluntad, será sancionado con privación de libertad de cinco a diez años. La misma pena se aplicará si la víctima tuviere más de dieciséis años y no mediare consentimiento de su parte.” Artículo 3. (Modificación al Artículo 247 del Código Penal). Modifícase el Artículo 247 del Código Penal, en la forma siguiente: “Artículo 247. (Inducción a la Fuga de una Niña, Niño, Adolescente oJurídicamente Incapaz).- El que indujere a fugar a un menor de dieciséis años o a un jurídicamente incapaz o con su consentimiento y para el mismo fin lo substrajere de la potestad de sus padres, tutores o curadores, incurrirá en privación de libertad de dos a cuatro años.
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia Derechos Reservados ®2010 - www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo
1
G A C E T AO F I C I A L
D E
B O L I V I A
La misma pena se aplicará al que retuviere a la niña, niño o adolescente o jurídicamente incapaz contra la voluntad de ambos padres, tutores o curadores.” Artículo 4. (Modificación al Artículo 251 del Código Penal). Modifcase el Artículo 251 del Código Penal, en la forma siguiente: “Artículo 251. (Homicidio). El que matare a otro, será sancionado conpresidio de cinco a veinte años. Si la víctima del delito resultare ser Niña, Niño o Adolescente, la pena será de diez a veinticinco años.” Artículo 5. (Modificación al Artículo 256 del Código Penal). Modifícase el Artículo 256 del Código Penal, en la forma siguiente: “Artículo 256. (Homicidio – Suicidio). El que instigare a otro al suicidio o lo ayudara a cometerlo, si la muerte se hubiere intentadoo consumado, incurrirá en reclusión de dos a seis años. Si con motivo de la tentativa se produjeran lesiones, la sanción será de reclusión de uno a cinco años. Aunque hubiere mediado consentimiento de la víctima en el doble suicidio, se impondrá al sobreviviente la pena de reclusión de dos a seis años. Si la víctima del delito en cualquiera de los casos del presente Artículo, resultare ser Niña,Niño o Adolescente, la pena será agravada en dos tercios.” Artículo 6. (Modificación al Artículo 259 del Código Penal). Modifícase el Artículo 259 del Código Penal, en la forma siguiente: “Artículo 259. (Homicidio en Riña o a Consecuencia de Agresión). Los que en riña o pelea en que tomaren parte más de dos personas, causaren la muerte de alguna, sin que constare el autor, serán sancionados conprivación de libertad de uno a seis años. Si tampoco se identificare a los causantes de lesiones a la víctima, se impondrá privación de libertad de uno a cuatro años a los que hubieren intervenido en la riña o pelea. Si la víctima del delito resultare ser Niña, Niño o Adolescente, la pena será agravada en dos tercios. Artículo 7. (Modificación al Artículo 270 del Código Penal). Modifícase el...
Regístrate para leer el documento completo.