lesgislacion 111 112 y 113
Fomento sanitario
Artículo 111 Bis: la secretaria de salud del estado en coordinación con autoridades competentes orientará a la divulgación de en los sectores productivos, comercial yde servicios respecto a medidas sanitarias para asegurar la calidad sanitaria de sus establecimientos, productos y servicios durante su proceso.
Proporciona a la población información sobre losdaños provocados por el uso y consumo de ciertos productos, efectos nocivos en la salud, riesgos, daños ocupacionales.
Titulo octavo
Prevención y control de enfermedades y accidentes
Capitulo IDisposiciones comunes
Articulo 112. El gobierno del estado en coordinación con las autoridades federales, municipales e institucionales promoverá, desarrollara investigaciones multidisciplinarias quepermitan prevenir y controlar enfermedades y accidentes ocupaciones en el trabajo y adoptarlas a las características del ser humano.
Articulo 113 el gobierno del estado, con autoridades sanitariasfederales y municipales, elaboraran propaganda o campañas temporales o permanentes para el control o erradicación de enfermedades transmisibles que constituyan un problema real o potencial.
Realizaraactividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de las sig.
I. Cólera, fiebre tifoidea paratifoidea, shigelosis , amibiasis, hepatitis virales, y otras del aparato digestivo
II.Influenza epidémica, otras del aparato respiratorio infecciones meningocóccicas y causadas por estreptococos
III. Tuberculosis
IV. Difteria, tosferina, tetanos, sarampión, poliomelitis, rubeola yparotiditis infecciosa.
V. Rabia, brucelosis y otras zoonosis
VI. Fiebre amarilla, dengue, y otras trasmicible spor artopodos
VII. Paludismo, fiebre recurrente transmisible por el piojo, tifo, otrasrickettsiosis, leishmaniasis, tripanosomiasis y onchocercosis
VIII. Sífilis, infecciones gonocóccidas y otras de transmisión sexual
IX. Lepra y mal de pinto
X. Micosis profunda
XI. Helmitiasis...
Regístrate para leer el documento completo.