Ley 19378
MINISTERIO DE SALUD
DPTO. ASESORIA JURÍDICA
Mmh.
LEY Nº 19.378
Publicada en el Diario Oficial de 13.04.95
Modificaciones:
Ley N° 19.405, publicada en el D.OF. 31.08.95
Ley Nº 19.607, publicada en el D.OF. 14.05.99
Ley Nº 19.813, publicada en el D.OF. 25.06.02
Ley Nº 19.937, publicada en el D.OF. 24.02.04
Ley N° 20.157,publicada en el D.OF. 05.01.07
(Reglamento: Dto. 47/07, publicado en el D.OF. 27.09.07)
Ley Nº 20.250, publicada en el D.OF. 09.02.08
2004
INDICE
MATERIA
ARTICULOS
TITULO PRELIMINAR
Ámbito de Aplicación 1º - 3º
TITULO I
Normas generales del Régimen Laboral de la Atención Primaria de Salud Municipal
4º - 9º
Párrafo 1º
Dotación y jornada de trabajoPárrafo 2º
Derechos del Personal
Párrafo 3º
Remuneraciones
10 – 15
16 – 22
23 – 30 bis
TITULO II
De la carrera de los funcionarios de la salud del sector municipal que se desempeñan en el sistema de atención primaria
Párrafo 1º
Aspectos constitutivos de la carrera funcionaria
Párrafo 2º
Obligaciones funcionarias
Párrafo 3º
Término de la relaciónlaboral
31 – 45
46 – 47
48
TITULO III
Del financiamiento y la administración de la atención primaria de salud municipal
Párrafo 1º
Del financiamiento
Párrafo 2º
De la Administración
49 – 55
56 - 60
ARTICULOS TRANSITORIOS 1 - 16
REPUBLICA DE CHILE
MINISTERIO DE SALUD
DPTO. ASESORIA JURIDICA
Mmh.
LEY Nº 19.378
ESTABLECE ESTATUTO DE ATENCION PRIMARIADE SALUD MUNICIPAL
TITULO PRELIMINAR
Ámbito de Aplicación
ARTICULO 1. Esta ley normará, en las materias que en ella se establecen, la administración, régimen de financiamiento y coordinación de la atención primaria de salud, cuya gestión, en razón de los principios de descentralización y desconcentración, se encontrare traspasada a las municipalidades al 30 de junio de 1991, en virtudde convenios regidos por el decreto con fuerza de ley Nº 1-3.063, del Ministerio del Interior, de 1980. Asimismo, normará los aspectos anteriormente citados, respecto de aquellos establecimientos de atención primaria de salud que sean creados por las municipalidades; traspasados con posterioridad por los Servicios de Salud; o que se incorporen a la administración municipal por cualquier causa.También regulará, en lo pertinente, la relación laboral, carrera funcionaria, deberes y derechos del respectivo personal que ejecute acciones de atención primaria de salud.
ARTICULO 2. Para los efectos de la aplicación de esta ley, se entenderá por:
a) Establecimientos municipales de atención primaria de salud: los consultorios generales urbanos y rurales, las postas rurales ycualquier otra clase de establecimientos de salud administrados por las municipalidades o las instituciones privadas sin fines de lucro que los administren en virtud de convenios celebrados con ellas.
b) Entidades administradoras de salud municipal: las personas jurídicas que tengan a su cargo la administración y operación de establecimientos de atención primaria de salud municipal, sean éstas lasmunicipalidades o instituciones privadas sin fines de lucro a las que la municipalidad haya entregado la administración de los establecimientos de salud, en conformidad con el artículo 12 del decreto con fuerza de ley Nº 1-3.063, del Ministerio del Interior, de 1980.
Artículo 3°.- Las disposiciones de esta ley se aplicarán a todo el personal que se desempeñe en los establecimientos municipalesde atención primaria de salud señalados en la letra a) del artículo anterior.
Asimismo, se aplicarán a todos los trabajadores que, perteneciendo a una entidad administradora de las que se refiere la letra b) del artículo anterior, ejecuten en forma personal y exclusiva acciones directamente relacionadas con la atención primaria de salud. A estos efectos, se entienden como acciones...
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