Ley 24557
Ley 19.587 de Higiene ySeguridad en el Trabajo
Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo
Esta normativa, establece la obligación de contar con un Servicio de Medicina y de Higiene y Seguridad Laboral.
La Ley 24557 de Riesgos delTrabajo tiene entre sus aspectos destacados
Reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo.
Reparar los daños derivados de accidentes de trabajo yenfermedades profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado.
Promover la recalificación y recolocación de los trabajadores damnificados.
Promover la negociación colectivalaboral, para la mejora de las medidas de prevención y de las prestaciones reparadoras.
El ámbito de aplicación de la Ley 24.557 alcanza a:
Funcionarios y empleados del sector público nacional,provincial y municipal.
Trabajadores en relación de dependencia del sector privado.
Personas obligadas a prestar un servicio de carga pública.
Los empleadores se podrán autoasegurar, siempre y cuandoacrediten con la periodicidad que fija la reglamentación:
a) Solvencia económico-financiera
b) Garanticen los servicios necesarios para otorgar las prestaciones de asistencia médica y farmacéutica,prótesis y ortopedia, rehabilitación, recalificación profesional y servicio funerario.
Quienes no acrediten los puntos anteriores deberán asegurarse obligatoriamente en una Aseguradora de Riesgos delTrabajo (ART) de su libre elección.
La Ley trata entre otros aspectos
Prevención de los Riesgos del Trabajo
Contingencias y situaciones cubiertasPrestaciones dinerarias
Prestaciones en especie
Determinación y revisión de las incapacidades
Derechos, deberes y prohibiciones
Funciones de la Superintendencia de...
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