Ley 340
Concesiones
CONTRATACIÓN PÚBLICA DE BIENES, OBRAS, SERVICIOS Y
CONCESIONES.
TÍTULO I
DEL SISTEMA DE CONTRATACIONES Y SUS NORMAS COMUNES
CAPÍTULO I
DEL SISTEMA Y SU ÁMBITO
Art. 1. La presente ley tiene por objeto establecer los principios y normas generales que rigen la contratación pública,relacionada con los bienes, obras, servicios y concesiones del Estado, así como las modalidades que dentro de cada especialidad puedan considerarse, por lo que el Sistema de Contratación Pública está integrado por estos principios, normas, órganos y procesos que rigen y son utilizados por los organismos públicos para adquirir bienes y servicios, contratar obras públicas y otorgar concesiones,así como sus modalidades.
Art. 2. Están sujetos a las regulaciones previstas en esta ley y sus reglamentos, los organismos del sector público que integran los siguientes agregados institucionales:
1) El Gobierno Central;
2) Las instituciones descentralizadas y autónomas financieras y no financieras
3) Las instituciones públicas de la seguridad social
4) Los ayuntamientos de los municipios ydel Distrito Nacional
5) Las empresas públicas no financieras y financieras,
6) Cualquier entidad que contrate la adquisición de bienes, servicios, obras y concesiones con fondos públicos.
NORMAS GENERALES COMUNES A TODOS
LOS ORGANISMOS COMPRENDIDOS
Art. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios:
1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general;
2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos específicos de las contrataciones, no podrán incluir ninguna regulación que impida la
libre competencia entre los oferentes;
3) Principio de transparencia y publicidad. Las compras y
contrataciones públicascomprendidas en esta ley se ejecutarán en
todas sus etapas en un contexto de transparencia basado en la
publicidad y difusión de las actuaciones derivadas de la aplicación de
esta ley. Los procedimientos de contratación se darán a la publicidad
por los medios correspondientes a los requerimientos de cada
proceso. Todo interesado tendrá libre acceso al expediente de contratación administrativa y a la información complementaria. La
utilización de la tecnología de información facilita el acceso de la
comunidad a la gestión del Estado en dicha materia;
4) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán
reglas claras para asegurar la selección de la propuesta evaluada
como la más conveniente técnica y económicamente. Además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía
en la preparación de las propuestas y de los contratos;
5) Principio de equidad. El contrato se considerará como un todo en
donde los intereses de las partes se condicionan entre sí. Entre los
derechos y obligaciones de las partes habrá una correlación con
equivalencia de honestidad y justicia;
6)Principio de responsabilidad y moralidad. Los servidores públicos
estarán obligados a procurar la correcta ejecución de los actos que
conllevan los procesos de contratación, el cabal cumplimiento del5
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objeto del contrato y la protección de los derechos de la entidad, del
contratista y de terceros que pueden...
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