Ley Ambiental de San Luis Potosí
ARTICULO 1o. La presente Ley esreglamentaria de las disposiciones contenidas en el artículo 15
de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, que se refieren a la protección,
conservación y restauración del ambiente enel territorio del Estado. Sus disposiciones son de
orden público e interés social, y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable en la Entidad y
establecer las bases para:
I. Garantizar elderecho de toda persona a gozar de un ambiente sano para su desarrollo y
bienestar;
II. Llevar a cabo la formulación, conducción y evaluación de la política ambiental estatal;
III. Laconservación, restauración y mejoramiento del ambiente;
(ADICIONADA, P.O. 23 DE JULIO DE 2011)
III. BIS. Llevar a cabo las medidas de mitigación, adaptación, control y prevención ante el cambio
climático,mediante la expedición del programa estatal correspondiente;
IV. Regular la conservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento y
administración de las áreas naturales protegidasde competencia estatal y municipal;
V. La prevención y el control de la contaminación en los casos no reservados a la federación;
VI. Garantizar la participación corresponsable de las personas, enforma individual o colectiva, en la
conservación, restauración y protección ambiental en la Entidad;
H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS
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VII. El ejercicio de las atribuciones que en materia ambiental corresponden al Gobierno del Estado y
ayuntamientos, bajo el principio de concurrencia previsto en elartículo 73 fracción XXIX-G de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 4° y 7° de la Ley General
del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente;
VIII....
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