Ley de Responsabilidad Medioambiental
Pretende que las empresas respondan de los daños que causen a determinados recursos naturales (suelo, aguas, especies silvestresy hábitats protegidos, ribera del mar y rías). La ley se centra en el daño ecológico puro, consistente en el daño a recursos naturales medioambientales abstracción hechade su titularidad pública o privada. Las empresas están obligadas a devolver el recurso dañado a su situación inicial o, en caso de no ser posible, compensar el dañomediante otras acciones en otros lugares.
Se hacen efectivos dos principios fundamentales de la normativa comunitaria en materia de medio ambiente: el principio deprevención y el principio de «quien contamina paga». Prevé un doble sistema de responsabilidad objetiva y por culpa. Determinadas actividades peligrosas, incluidas en un Anexo ala Ley, se sujetan a un régimen legal más riguroso. Una de las principales novedades de la ley es la regla de presunción de causalidad, conforme a la cual si unaactividad incluida en ese anexo es idónea para causar el daño se considera que lo ha causado.
Las Administraciones competentes para hacer cumplir esta Ley son las ComunidadesAutónomas, salvo en el caso de que los daños se produzcan en el dominio público de titularidad estatal, el dominio público marítimo-terrestre o el dominio públicohidráulico, en cuyo caso la Administración General del Estado es la competente.
No tiene efectos retroactivos y es compatible con la exigencia de otras responsabilidades decarácter penal o administrativo. La acción civil de los particulares afectados también queda a salvo, aunque la Ley prohíbe la doble recuperación de costes (art. 5).
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