Ley Utilidad Decreciente
ESTABLECE NORMAS SOBRE ORGANIZACIONES SINDICALES Y NEGOCIACION COLECTIVA, FUERO LABORAL EN COMITES PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD
PUBLICADA EL 30 DE JULIO DE 1991
Artículo 32Los directores sindicales gozarán del fuero laboral establecido en la legislación vigente, desde la fecha de su elección y hasta seis meses después de haber cesado en el cargo, siempre que lacesación en él no se hubiere producido por censura de la asamblea sindical, por sanción aplicada por el tribunal competente en cuya virtud deba hacer abandono del mismo, o por término de la empresa. Delmismo modo, el fuero no subsistirá en el caso de disolución del sindicato, cuando ésta tenga lugar por aplicación de las letras c) y e) del artículo 71, o de las causales previstas en sus estatutos ysiempre que, en este último caso, dichas causales importaren culpa o dolo de los directores sindicales. Asimismo, durante el lapso a que se refiere el inciso precedente, el empleador no podrá, salvocasi fortuito o fuerza mayor, ejercer respecto de los directores sindicales las facultades que establece el artículo 12 del Código del Trabajo. Las normas de los incisos precedentes se aplicarán a losdelegados sindicales. En las empresas obligadas a constituir Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, gozará de fuero, hasta el término de su mandato, uno de los representantes titulares de lostrabajadores. El aforado será designado por los propios representantes de los trabajadores en el respectivo Comité y sólo podrá ser reemplazado por otro de los representantes titulares y, en subsidio deéstos, por un suplente, por el resto del mandato, si por cualquier causa cesare en el cargo. La designación deberá ser comunicada por escrito a la administración de la empresa el día laboral siguiente aéste. Si en una empresa existiese más de un Comité, gozará de este fuero un representante titular en el Comité Paritario Permanente de toda la empresa, si estuviese constituido; y en caso contrario,...
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