Ley N 4036 2010 De armas
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 4.036
DE ARMAS DE FUEGO, SUS PIEZAS Y COMPONENTES, MUNICIONES, EXPLOSIVOS, ACCESORIOS Y AFINES.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
TÍTULO I
OBJETO, PRINCIPIOS, AUTORIDADES COMPETENTES Y ESTRUCTURAS
CAPÍTULO I
OBJETO Y PRINCIPIOS
Artículo 1º.- Objeto. La presente Ley tiene por objeto fijar normas y requisitos para la tenencia yla portación de armas de fuego, municiones, explosivos, accesorios y afines (en adelante materiales); clasificar las armas de fuego y municiones; establecer el régimen para la expedición, renovación y suspensión de permisos; autoridades competentes; condiciones para la fabricación, ensamblaje, importación, exportación, comercialización, transporte, tránsito internacional en territorio nacional,intermediación y transferencia de materiales; señalar el régimen de talleres de armerías, recarga de municiones y de fábricas de artículos pirotécnicos, clubes y escuelas de tiro y de caza, colecciones y coleccionistas de armas de fuego, servicios de vigilancia y seguridad privada, definir las circunstancias en las que procede la incautación de materiales, sanciones administrativas y judiciales, yestablecer el régimen para su registro y devolución.
Las armas de fuego, municiones, explosivos y accesorios de uso privativo de los Órganos de Defensa y Seguridad del Estado para el cumplimiento de su misión, así como su fabricación y comercialización por las empresas estatales, no son objeto de la presente Ley. El uso de estos materiales queda prohibido a personas civiles.
No obstante, losmiembros de los Órganos de Defensa y Seguridad del Estado, que sean propietarios de armas de fuego de uso civil, están obligados a cumplir la presente Ley.
Artículo 2º.- Principios. Esta Ley se regirá por los siguientes principios:
a) legalidad: todo material y actividad que no estén expresamente autorizados están prohibidos;
b) restrictividad: los requisitos y extremos de la ley debeninterpretarse con criterio restrictivo, adquiriendo un carácter de excepcionalidad las autorizaciones que se otorguen;
c) anticipación: toda actividad a realizarse con el material controlado, debe contar con autorización previa;
d) temporalidad: toda autorización, licencia o permiso, se concede por un período limitado de tiempo;
e) revocabilidad: toda autorización, licencia o permiso, queda sujetaa revocación en caso de no respetarse los términos de su otorgamiento, o por resultar su revocación necesaria por razones de seguridad pública, política exterior o defensa nacional;
f) justificación y concreción: toda solicitud para desarrollar una actividad debe justificar la necesidad actual, concreta y verificable de su otorgamiento;
g) correspondencia: toda autorización, licencia o permiso,debe guardar adecuada correspondencia con la finalidad que determinó su otorgamiento;
h) universalidad: toda solicitud y medida, se considera y dispone de forma objetiva, sin excepciones por cargo u oficio, salvo indicación contraria en la presente Ley;
i) individualización: todo objeto, sujeto y actividad autorizada debe ser identificable e individualizable;
j) intransferibilidad: todalicencia, permiso o material controlado son intransferibles sin previa autorización de la autoridad competente;
k) no recirculación: todo material decomisado o entregado voluntariamente al Estado, debe ser destruido por la autoridad competente, a excepción de las armas de fuego que puedan ser utilizadas por los Órganos de Defensa y Seguridad del Estado.
La autoridad competente velará por el estrictocumplimiento de los principios enunciados en este artículo.
CAPÍTULO II
AUTORIDADES COMPETENTES Y ESTRUCTURAS
Artículo 3º.- Autoridad competente. A los efectos de esta Ley, se entenderá por autoridad competente:
a) la Dirección de Material Bélico (DIMABEL), que está facultada a organizar el Banco Nacional de Pruebas, registrar, controlar y reglamentar la tenencia de armas de fuego, la...
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