Libertad de Reunión y asociación
Derecho de asociación y de reunión, este derecho se encuentra regulado por las leyes de nuestro país, el artículo 9 de la Constitución mexicana de 1917contempla dos derechos fundamentales muy parecidos pero distintos: el de “reunirse” y el de “asociarse”.
Articulo 9 Constitucional nos señala :
No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirsepacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada, tiene derecho dedeliberar.
No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto o una autoridad, si no se profiereninjurias contra ésta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee.
¿Cual es la diferencia entre reunirse y asociarse?
La mayoría de lagente cree que reunirse y asociarse son palabras sinónimas, pero estas solo son similares pero con algunos puntos diferentes, la diferencia entre la libertad de reunión y la de asociación consistesobre todo en la duración de los efectos que conlleva el ejercicio de una y otra. En tanto que, como ya se ha mencionado, la libertad de reunión despliega sus efectos mientras físicamente se encuentranreunidas las personas que la ejercen, la libertad de asociación se proyecta con efectos temporales más extendidos, en la medida en que se crea una personalidad jurídica distinta de la que corresponde alas personas que la ejercen.
Libertad de reunión
El derecho de reunión implica la libertad de todos los habitantes de la República para poder congregarse con otros con cualquier finalidad yobjeto, siempre que dicha reunión sea de carácter pacífico y tenga un objeto lícito. Si se trata de reuniones de carácter político (es decir, que tengan relación directa con la celebración de las...
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