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DECRETO LEY DE 2 DE AGOSTO DE 1937 CLASIFICACION OFICIAL DE EXTRANJEROS EN BOLIVIA DERECHOS DE EXTRANJERIA REGISTRO GENERAL DE EXTRANJERIA
TITULOPRIMERO DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LA PERSONA Considerando: Que es necesario proceder al censo de extranjeros residentes en el país, disponiendo que éstos se inscriban en el Registro establecidoen el Ministerio de Inmigración, tanto para llenar los fines de estadística y control de interés fiscal, cuanto para la garantía de los derechos que corresponde a los extranjeros en Bolivia; ElPresidente de la Junta Militar de Gobierno decreta: Artículo 1.- Para los fines legales, se denomina extranjero a todo individuo que reside dentro del territorio de la República y carece de la nacionalidadboliviana, por encontrarse en uno de los siguientes casos: a) Haber nacido en otro país descendientes de padres extranjeros. b) Haber nacido en otro país, descendientes de padres bolivianos y optado,llegada su mayoridad, por la nacionalidad del país de nacimiento. c) Haber preferido la nacionalidad extranjera del padre, aunque hubiera nacido en Bolivia, inscribiéndose en el Consulado o de lamanera señalada por sus leyes patrias. d)Haber perdido la nacionalidad boliviana, conforme a las leyes del país. e) Los nacidos en Bolivia, de padres que pertenecen al servicio
Diplomático Consular,acreditado por Estados extranjeros. f) Los que se establezcan en Bolivia y hayan conservado su nacionalidad conforme a las leyes de su patria. Artículo 2.- El derecho de extranjería, para todo individuoinscrito, de acuerdo con el presente Decreto, consiste en invocar para sí o en favor de sus familiares, los beneficios derivados de la vigencia de Tratados suscritos con los países de donde provieneny el de recurrir a la protección diplomática en su caso, de acuerdo con los principios y las prácticas del Derecho Internacional, aparte de solicitar la tuición que en favor de ellos ejerce el...
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