Lo Que Todo Contribuyente Debe De Saber Sobre El Matrimonio Civil En Guatemala
Definición y fines legales otorgados por el Estado de Guatemala
ARTÍCULO 78.- El matrimonio es una institución social por la que un hombre y una mujer se unen legalmente, con ánimo de permanencia y con el fin de vivir juntos, procrear, alimentar y educar a sus hijos y auxiliarse entre sí.
Igualdad de derechos yobligaciones de los cónyuges, así como el cumplimiento de requisitos para su validez
ARTÍCULO 79.- El matrimonio se funda en la igualdad de derechos y obligaciones de ambos cónyuges, y en su celebración deben cumplirse todos los requisitos y llenarse las formalidades que exige este Código para su validez.
Aptitud para contraer matrimonio civil
ARTÍCULO 81.- La mayoría de edad determina lalibre aptitud para contraer matrimonio. Sin embargo, pueden contraerlo: el varón mayor de 16 años y la mujer mayor de 14, siempre que medie la autorización que determinan los artículos siguientes….
Quienes tiene impedimento para contraer matrimonio, y de contraerlo lo harán insubsistente
ARTÍCULO 88.- Tienen impedimento absoluto para contraer matrimonio:
1º Los parientes consanguíneos en línearecta, y en lo colateral, los hermanos y medio hermanos;
2º Los ascendientes y descendientes que hayan estado ligados por afinidad; y
{REFORMADO el INCISO 3 por el Art. 5 del DECRETO LEY No. {218} de fecha {05/06/1964}
3º Las personas casadas; y las unidas de hecho con persona distinta de su conviviente, mientras no se haya disuelto legalmente esa unión.
Funcionarios que pueden autorizar elmatrimonio.
ARTÍCULO 92.- El matrimonio debe autorizarse por el alcalde municipal o el concejal que haga sus veces, o por un notario hábil legalmente para el ejercicio de su profesión.
También podrá autorizarlo el ministro de cualquier culto que tenga esa facultad, otorgada por la autoridad administrativa que corresponde.
Formalidades para la autorización del matrimonio.
ARTICULO 93.- Laspersonas civilmente capaces que pretendan contraer matrimonio, lo manifestarán así ante el funcionario competente de la residencia o de cualquiera de los contrayentes, quien recibirá bajo juramento de cada uno de ellos, legalmente identificados, declaración sobre los puntos siguientes, que hará constar en acta: nombres y apellidos, edad, estado civil, vecindad, profesión u oficio, nacionalidad yorigen, nombres de los padres y de los abuelos si los supieren, ausencia de parentesco entre sí que impida el matrimonio, no tener impedimento legal para contraerlo y régimen económico que adopten si no presentaren escritura de capitulaciones matrimoniales, y manifestación expresa de que no están legalmente unidos de hecho con tercera persona.
Si la información proporcionada para celebrar elmatrimonio no fuere cierta, se incurre en delito penal de Perjurio al tener calidad de funcionario público fedatario el Notario al autorizarlo.
ARTICULO 459 (Código Penal, Decreto 17-73)Perjurio. Comete perjurio quien, ante autoridad competente, jurare decir verdad y faltare a ella con malicia. El responsable de este delito será sancionado con prisión de seis meses a tres años y multa de cincuenta a un mil quetzales.
Obligaciones adicionales si alguno de los contrayentes ya estuvo casado.
ARTÍCULO 95.- Elcontrayente que hubiese sido casado, presentará el documento legal que acredite la disolución o insubsistencia del matrimonio anterior; si hubiese tenido hijos, comprobará estar garantizada la obligación de alimentarlos; y si tuviere bienes de menores bajo su administración, presentará el inventario respectivo.
Presentación de constancia de sanidad.
ARTICULO 97.- {REFORMADO por el Art. 1,...
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