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Artículo 450. Principios.
La normativa procesal en materia de protección de niños, niñas y adolescentes tiene como principios rectores, entre otros, los siguientes:
a) Oralidad. El juicio es oral y sólo se admiten las formas escritas previstas en esta Ley.
b) Inmediación. El juez o jueza que ha de pronunciar la sentencia debe presenciar el debate y laincorporación de las pruebas de las cuales obtiene su convencimiento.
c) Concentración: Iniciado el debate, éste debe concluir en el mismo día. Si ello no fuere posible, continuará durante el menor número de días consecutivos.
d) Uniformidad: Las controversias que se susciten entre partes en reclamación de algún derecho, se tramitan por los procedimientos contenidos en esta Ley.
e) Medios alternativosde solución de conflictos. El juez o jueza debe promover, a lo largo del proceso, la posibilidad de utilizar los medios alternativos de solución de conflictos, tales como la mediación.
f) Publicidad: El juicio oral tiene lugar en forma pública, pero se debe proceder a puertas cerradas total o parcialmente, cuando así lo establezca la ley o determine el juez o jueza por motivos de seguridad, demoral pública o de protección de la personalidad de alguna de las partes o de alguna persona notificada para participar en él, según la naturaleza de la causa. La resolución será fundada y debe constar en el acta del debate.
g) Simplificación: Los actos procesales son breves y sencillos, sin ritualismos ni formalismos innecesarios.
h) Iniciativa y límites de la decisión.:El juez o jueza sólo puedeiniciar el proceso previa solicitud de parte, pero puede proceder de oficio cuando la ley lo autorice y en sus decisiones debe atenerse a lo alegado y probado en autos.
i) Dirección e impulso del proceso por el juez o jueza. El juez o jueza dirige el proceso y debe impulsarlo de oficio hasta su conclusión.
j) Primacía de la realidad: El juez o jueza debe orientar su función en la búsqueda de laverdad e inquirirla por todos los medios a su alcance. En sus decisiones prevalecerá la realidad sobre las formas y apariencias.
k) Libertad probatoria: En el proceso, las partes y el juez o jueza, pueden valerse de cualquier medio de prueba no prohibido expresamente por la ley y el juez o jueza lo apreciará según las reglas de la libre convicción razonada.
l) Lealtad y probidad procesal: Laspartes, sus apoderados, apoderadas, abogados y abogadas deben actuar en el proceso con lealtad y probidad. El juez o jueza debe tomar todas las medidas necesarias establecidas en la ley, tendentes a prevenir o a sancionar las faltas a estos deberes en el proceso.
m) Notificación única: Realizada la notificación del demandado para la audiencia preliminar, las partes quedan a derecho, sin necesidadde nueva notificación para ningún otro acto del proceso.
n) Defensa técnica gratuita: Las partes que así lo requieran contarán con asistencia o representación técnica gratuita en todo estado y grado de la causa a fin de garantizar la mejor defensa de sus derechos e intereses, a tal efecto las partes podrán solicitar los servicios de la Defensa Pública o el juez o jueza podrá designar a un DefensorPúblico o Defensora Pública cuando lo estime conducente.
Artículo 451. Capacidad procesal de adolescentes: Los y las adolescentes tienen plena capacidad en todos los procesos para ejercer las acciones dirigidas a la defensa de aquellos derechos e intereses en los cuales la ley les reconoce capacidad de ejercicio, en consecuencia, pueden realizar de forma personal y directa actos procesalesválidos, incluyendo el otorgamiento del mandato para su representación judicial.
En aquellos procesos iniciados por los y las adolescentes, sus padres, madres, representantes o responsables pueden intervenir como terceros interesados.
Artículo 452. Materias y normas supletorias aplicables: El procedimiento ordinario al que se refiere este Capítulo se observará para tramitar todas las materias...
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