mexico comtemporaneo
o no la anexión. (Se denomina también referendum).Derecho Constitucional
Instituto de democracia directa mediante el que se expresa directamente la voluntad del cuerpo electoral sobre unadecisión sometida a su consulta. A diferencia del referéndum,el plebiscito no interviene en el procedimiento deaprobación de una norma o en relación con su vigencia; el término se emplea, en efecto, en relación con la adopción de decisiones fundamentales sobrela estructura o forma del Estado.
Sin embargo, a diferencia también del referéndum, el concepto de plebiscito no es del todo claro ni está libre de influencias políticas; en ocasiones se haempleado en relación con decisiones con efectos en el ámbito internacional(así, cuando se consulta a una población sobre la anexión de un territorio, su secesión, etc.). El término se emplea también paraindicar que la consulta se refiere a una decisión no formalizada en términos precisos y de aquí se produce rápidamente un deslizamiento por el que pasa a utilizarse en relación con los supuestos en quelos términos de la decisión referida al electorado no son claros, se deciden en virtud de factores emocionales y constituyen manifestaciones de adhesión o rechazo hacia una persona. Finalmente, seemplea también el término con una connotación abiertamente peyorativa para referirse a los referenda cuyos términos y desarrollo excluyen unaconfrontación libre ante el electorado de distintas opcionespolíticas; en este último sentido, el plebiscito es unreferéndum sin garantías.
En derecho internacional público, votación de un pueblo sobre el problema de su estatuto internacional (Ver Gr.,Incorporación a un determinado Estado, o dependencia).
En la antigua Roma, decreto de la plebe o ley votada por el pueblo convocado por tribus, propuesta por un magistrado popular (el tribuno de la...
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