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Páginas: 16 (3890 palabras) Publicado: 27 de marzo de 2014
PROCESO DISCIPLINARIO / PLIEGO DE DESCARGOS / DERECHO DE DEFENSA

Ya esta Sala ha tenido la oportunidad de señalar en el fallo del 15 de febrero de 1991, Exp. 1709, que no es viable confundir jurídicamente las declaraciones recibidas al inculpado con la pieza procesal denominada "pliego de cargos" y mediante la cual se le permite al funcionario realizar "los descargos". Sobre, la funcióndel pliego de cargos, el fallo de la Sala comentado expresó que éste cumple "una función vital dentro del proceso disciplinario; pues con base en él, la Administración, de una parte, circunscribe la imputación específica de los hechos constitutivos de la falta disciplinaria, y de otra parte, el inculpado puede ejercer adecuadamente su derecho de defensa respecto de cargos específicos y concretos.Se trata de un acto que delimita la atribución de la Administración Y concreta las bases de responsabilidad del funcionario y por lo tanto, es pieza clave en dicho proceso".


CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION SEGUNDA

Consejero ponente: DIEGO YOUNES MORENO

Santa Fe de Bogotá D.C., dos (2) de diciembre de mil novecientos noventa y tres (1993)Radicación número: 5660

Actor: JESUS ERNESTO HUERFANO CAGUA

Demandado: MINISTERIO DE JUSTICIA



JESUS ERNESTO HUERFANO CAGUA solicitó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca decretara la nulidad de la Resolución No. 131 de 1982 mediante la cual fue destituido del cargo de Supervisor - Armero, del Ministerio de Justicia, en virtud de que se vulneró el derecho de defensa en el curso del,proceso disciplinario.






LA SENTENCIA

El Tribunal Administrativo mediante sentencia declaró probada la excepción de ineptitud sustantiva de la demanda en virtud de que el actor no demandó la resolución que resolvió el recurso de reposición mediante la cual se confirmó el acto principal de destitución. Dijo el fallo en su parte pertinente:

"Concluye la Sala, de conformidad con lorelacionado en esta providencia y lo considerado por el Consejo de Estado, que se está ante la ausencia de uno de los presupuestos procesales de la acción, lo cual conduce a la declaratoria de ineptitud sustantiva de la demanda, al no haberse solicitado la nulidad de la Resolución No, 3107 de 30 de julio de 1982, proferida por el Ministerio de Justicia, y mediante la cual CONFIRMO en todas sus partesla Resolución No. 131 del 26 de enero de 1982, que destituyó de su cargo al actor, Por lo mismo, no se puede resolver de fondo, este proceso."

EL RECURSO:

El actor impugnó el anterior fallo por estimar que la manifestación efectuada en la diligencia de notificación del acto de destitución, no constituía en realidad el recurso de reposición, pues entre otras cosas no contenía unafundamentación de inconformidad y apenas si era una mera intención de proponer el recurso, y además el nuevo acto no le fue notificado ni comunicado y por lo tanto la administración de una parte, resolvió un recurso inexistente, y de la otra, no lo hizo conocer a quien estaba dirigido y por lo mismo no le era oponible.

Agrega que aceptando la interposición del recurso de reposición, debe tenerse en cuentaque como él no era obligatorio, se podía acudir a la jurisdicción sin demandar el acto que lo resolvía y además con la presentación de la demanda se entendía que renunciaba al recurso.

Señala el recurrente que no era, necesario demandar el acto confirmatorio por cuanto el principio del derecho que lo accesorio sigue a lo principal, y si desaparece el principal, el confirmatorio queda sin pisojurídico.


EL CONCEPTO DEL MINISTERIO PÚBLICO

La Fiscal Quinta del Consejo de Estado solicita se confirme la sentencia apelada en virtud de que hay ineptitud de la demanda por cuanto no se acusó el acto confirmatorio, Dijo al respecto la Fiscalía:

"Considera el Despacho, que no se puede sostener como lo afirma el actor que por haberse presentado la demanda renunció al recurso ya...
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