Modelo Apelacion De Auto
DRA. PATRICIA NAVA.
JUEZ SEGUNDA ESTADAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA.
SU DESPACHO.-
ASUNTO RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO
Quien suscribe; ABOGADO EROL OSCAR EMANUELS SPERANDIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.088.681, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 130.330, condomicilio procesal ubicado en la calle 97 entre avenidas 14ª y 15 Centro Comercial Law Center, local L-29, del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, Teléfono 0416-162-57-99, actuando en este acto con el carácter de DEFENSOR PRIVADO de los ciudadanos CESAR AUGUSTO GUADAMA SERVIGNA, titular de la cedula de identidad Nº 7.742.236 y NILIA COROMOTO NAVAS MARCHAN, titular de la cedula de identidadNº 7.572.749, plenamente identificados en la causa 2C-20765-14, interpongo formal RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS contra la decisión número 1115-14, emanada del distinguido Juzgado a su cargo en fecha 04 de Julio del 2014, de la cual lamento disentir por los fundamentos de derecho que expresare posteriormente, mediante el cual decretó DECLINAR LA COMPETENCIA AL JUZGADO CUARTO DE CONTROL DEL ÁREAMETROPOLITANA DE CARACAS, ORDENANDO CONSECUENCIALMENTE EL TRASLADO DE MIS REPRESENTADOS AL REFERIDO JUZGADO, ante usted ocurro y expongo;
IMPUGNABILIDAD OBJETIVA
De conformidad con el artículo 423 del Código Orgánico Procesal Penal que establece que las decisiones judiciales serán solo recurribles solo por los medios y en los casos expresamente establecidos.
LEGITIMACIÓN
De conformidad con elartículo 424 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece que las partes podrán recurrir contra las decisiones judiciales que les sean desfavorables, y por el imputado podrá recurrir el Defensor.
PRECEPTO JURÍDICO AUTORIZANTE
De conformidad con el articulo 439 ordinales cuarto (4) y quinto (5) del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de haber declarado procedente el Tribunal Segundode Control la solicitud de declinatoria de competencia solicitada por el Ministerio Público, causando un gravamen irreparable a mis defendidos al ordenar el traslado de los mismos ante el Tribunal Cuarto del Área Metropolitana de Caracas, así como la falta de motivación para dictar el fallo de autos recurrido en este acto, ya que NO DIO RESPUESTA A LOS PLANTEAMIENTOS REALIZADO POR ESTA DEFENSAEN CUANTO A LA SOLICITUD DE DECLINATORIA, donde se opone a la misma en fecha 25 de Junio del 2014, según se evidencia en el expediente, así como la solicitud de revisión de medida solicitada en fecha 03 de junio del 2014, y solo se pronuncia en un acto a espaldas de los imputados de autos y de la defensa ya que no tuvimos intervención en la audiencia donde acordara tal declinatoria.
LAPSO DEINTERPOSICIÓN
La decisión que se recurre fue dictada en fecha viernes 04 de Julio del 2014, por tanto el presente recurso se interpone en tiempo hábil, es decir dentro de los cinco (5) días siguientes de dictarse la decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal.
LOS HECHOS
Ciudadanos Integrantes de la Corte de Apelaciones a quiencorresponda conocer, procedo en este acto a realizar una síntesis de los hechos relacionados en la presente causa.
En fecha 01 de Mayo del 2014, mis representados fueron puestos a la orden del Juzgado Decimo del Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, por la presunta y negada comisión de los Delitos de Legitimación de Capitales y Asociación para Delinquir, previstos y sancionados en la LeyContra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en franca violación a los derechos constitucionales y procesales que les asiste a mis representados, mas sin embargo dicho juzgado, pese a las denuncias planteadas, decidió dejar declarar sin lugar la solicitud de la defensa, y ordeno entre otras cosas la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de mis representados....
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