Nen bis in idem
DISCIPLINARIO DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS
Patricia VILLASANA RANGEL
SUMARIO: I. Excepciones al Principio Non bis in idem. II. Principio
Non bis in idem y el Régimen disciplinario funcionarial español.
III. Principio Non bis in idem y el Régimen disciplinario funcionarial
mexicano. IV. Los peligros de aplicar matizadamente el Principio
Non bis in idem.V. El uso correcto del Principio Non bis in idem
matizado dentro del ámbito disciplinario funcionarial.
El vocablo Non bis in idem, término de origen latino, significa no dos
veces sobre lo mismo es decir, que no recaiga duplicidad de sanciones
por un hecho ilícito, en los casos en que se aprecie el mismo sujeto, hecho
y circunstancia.1 Para Trayter la figura de Non bis in idem posee un doblesignificado:
De una parte, su aplicación impide que una persona sea sancionada o castigada dos veces por la misma infracción (Vertiente material). Por otra, es un
principio procesal en cuya virtud un mismo hecho no puede ser objeto de dos
procesos distintos o si se quiere no dos procesos con el mismo objeto.2
Considerado como principio, al igual que los de legalidad y tipicidad
poseennaturaleza de derecho subjetivo y fundamental tal como ha quedado plasmado en diversas Constituciones como las de México y España.
La figura del Non bis in idem, como uno de los principios de la potestad
sancionadora del Estado, forjó sus bases y presentó mayor desarrollo den1
Véase Diccionario del Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2002.
Trayter, Juan Manuel, Manual de derecho disciplinario de losfuncionarios públicos,
p. 191. En el mismo sentido, véase a Sanz Gandasegui, La potestad sancionatoria ,
cit., p. 124.
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tro del campo del derecho penal, con el tiempo, al igual que otros principios fundamentales ha sido paulatinamente matizado para su utilización
dentro de otras áreas tales como el derecho administrativo sancionador.
I. EXCEPCIONES ALPRINCIPIO NON BIS IN IDEM
No obstante su adopción dentro de los sistemas jurídicos mexicano y
español, ha provocado que este principio no sea aplicado dentro de ciertas
ramas del derecho de una manera tajante y rigurosa, tal es el caso del área
disciplinario-funcionarial.
A pesar de que en ambos países existe esta excepción, los caminos utilizados para la matización del Principio Non bis in idem y suaplicación
dentro del ámbito de la potestad disciplinaria funcionarial fueron distintos,
por una parte España admite la dualidad de castigos3 tomando como fundamento la relación de sujeción especial existente entre el funcionario y la
administración pública,4 mientras que México toma como base el principio de la cosa juzgada.
II. PRINCIPIO NON BIS IN IDEM Y EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO
FUNCIONARIALESPAÑOL
Este principio, a diferencia del de tipicidad y legalidad, no se encuentra
directamente plasmado en la norma constitucional, ya que el legislador en
su momento consideró que estaba intrínsecamente vinculado a estos. Este
pensamiento posteriormente se vio reforzado por el criterio emitido por el
Tribunal Constitucional, al señalar que también este principio se encontraría igualmente inmersodentro del artículo 25.1 de la Constitución española, que sería reconocido como un derecho subjetivo, fundamental y por
tanto respetado por los poderes públicos.5
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Penal y administrativos.
Se ha tomado esta teoría en vista de que los objetivos y fines que persigue el derecho
penal, respecto de la potestad sancionadora de la administración son distintos, permitiendo de esta manera la compatibilidadentre pena y sanción. Véase: Sentencia del Tribunal
Constitucional 66/84, de 6 de junio, y cfr. Parada Vázquez, Derecho administrativo, Madrid,
Marcial Pons, t. II, 1997.
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N.b. STC 2/81 de 30 de enero y 77/83 de 3 de octubre.
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PRINCIPIO NON BIS IN IDEM
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Artículo 25.1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u
omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito,...
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