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Páginas: 12 (2791 palabras) Publicado: 27 de julio de 2014
7.2.
005796-05-03-10

Bogotá D.C.



Doctor
Euclides Pino Córdoba
Alcalde
Municipio de Atrato - Chocó
Palacio Municipal
Atrato – Chocó


Asunto: Oficio radicado bajo el No. 1-2010-010019 del 16 de febrero de 2010.
Tema: Normas orgánicas de presupuesto
Subtema: Inembargabilidad


En atención a la comunicación radicada bajo el número de la referencia, remitida ala Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por el Director Jurídico del Ministerio del Interior y de Justicia, mediante la cual solicita información sobre la inembargabilidad de los recursos girados por el Ministerio del Interior y de Justicia - FONSECON para la ejecución del convenio interadministrativo de cooperación número 113 de 2009, cuyo objeto esla construcción del Centro Administrativo Municipal de Atrato – Chocó, nos permitimos dar respuesta en los siguientes términos:

En primera instancia es importante tener en cuenta que de conformidad con lo establecido en el artículo 1º del Decreto 2170 de 2004 el Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, - FONSECON – es una cuenta especial, sin personería jurídica administrada por elMinisterio del Interior y de Justicia como un sistema separado de cuentas.

Los recursos administrados por el Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana – FONSECON - están destinados a atender gastos tendientes a propiciar la seguridad ciudadana y preservar el orden público, y con estos pueden financiarse o cofinanciarse proyectos de inversión en las entidades territoriales(artículo 2 del Decreto 2170 de 2004).

Los programas y proyectos podrán ser ejecutados directamente por el Ministerio del Interior y de Justicia o mediante contratos o convenios con entidades de derecho público, en este evento, las entidades públicas podrán adelantar los actos administrativos y contractuales necesarios para la realización del correspondiente objeto (parágrafo 1º del artículo 2 delDecreto 2170 de 2004.)

En consecuencia, los recursos girados por el Ministerio del Interior y de Justicia – FONSECON, a las entidades territoriales para la construcción de los palacios municipales están incorporados en el Presupuesto General de la Nación y son ejecutados por las entidades territoriales beneficiarias de los recursos en desarrollo de los convenios interadministrativos celebradospara el efecto; por esta razón estos recursos están cobijados por el principio de inembargabilidad de recursos públicos.
.
En relación con el principio de inembargabilidad sobre las rentas y recursos incorporados en el Presupuesto General de la Nación, la Corte Constitucional se ha pronunciado en varias sentencias, entre otras, las sentencias C- 546-02, C-354-97 y C-566-03 y en la sentencia 1154 de 2008 que recoge la posición jurisprudencial sobre el principio de inembargabilidad de recursos públicos. Por considerarlo de importancia en la resolución de las inquietudes planteadas en la comunicación referida, traemos a colación algunos apartes de las consideraciones expresadas en esta sentencia, así:

Sentencia C-154 del 26 de noviembre de 2008:

“(…)En diversas oportunidades esta Corporación se ha pronunciado acerca del principio de inembargabilidad de recursos públicos, explicando que tiene sustento en la adecuada provisión, administración y manejo de los fondos necesarios para la protección de los derechos fundamentales y en general para el cumplimiento de los fines del Estado. La línea jurisprudencial al respecto está integrada básicamentepor las Sentencias C-546 de 1992, C-013 de 1993, C-017 de 1993, C-337 de 1993, C-555 de 1993, C-103 de 1994, C-263 de 1994, C-354 de 1997, C-402 de 1997, T-531 de 1999, T-539 de 2002, C-793 de 2002, C-566 de 2003, C-1064 de 2003, T-1105 de 2004 y C-192 de 2005. Desde la primera providencia que abordó el tema en vigencia de la Constitución de 1991, la Corte ha advertido sobre el riesgo de...
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