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Las riquezas naturales existentes en los Parques Nacionales, no podrán ser sometidas a intervenciones que perjudiquen las funciones de losParques, ni explotadas con fines comerciales.Dentro de los Parques Nacionales esta prohibida la caza, la matanza o captura de especímenes de la fauna y la destrucción o recolección de ejemplares de laflora, excepto cuando tales actividades se realicen por las autoridades del Parque o por orden o bajo la vigilancia de las mismas, o para investigaciones debidamente autorizadas por el Ministerio deAgricultura y Cría. |
Artículo 20.- | A los fines de coadyuvar con la gestión del ambiente, se podrán establecer instancias regionales, estadales y locales de coordinación y participación ciudadanae interinstitucional. |
Artículo 20. Acciones derivadas del delito.- De todo delito contra el ambiente, nace acción penal para el castigo del culpable. También puede nacer acción civil para elefecto de las restituciones y reparaciones a que se refiere esta Ley. La acción penal derivada de los delitos previstos en esta Ley es pública y se ejerce de oficio, por denuncia o por acusación
LeyForestal De Suelo Y Aguas Y Medio Ambiente
1. LEY FORESTAL DE AGUA Y SUELO ARTÍCULO 1° La presente Ley regirá la conservación, fomento y aprovechamiento de los recursos naturales que en ella sedeterminan y los productos que de ellos se derivan. ARTÍCULO 2° Se declara de utilidad pública: 1.-La protección de las cuentas hidrográficas. 2.-Las corrientes y caídas de aguas que pudieran generarfuerza hidráulica. 3.-Los Parques Nacionales, los monumentos naturales, las zonas protectoras, las reservas de regiones vírgenes y las reservas forestales. ARTÍCULO 3° Se declara de interés público:...
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