Normativas

Páginas: 21 (5154 palabras) Publicado: 4 de mayo de 2012
Impuestos
I. Declaraciones de IVA en formato electrónico
La Providencia N° 0503 del SENIAT (“Providencia”) dispone que los sujetos pasivos calificados como especiales por el SENIAT y los contribuyentes que reciban “Certificaciones de Débito Fiscal Exonerado” (“Contribuyentes”) deberán presentar las declaraciones de IVA en formato electrónico. La Providencia, que fue publicada en la GacetaOficial N° 38.232 del 20 de julio de 2005, entrará en vigencia el 1 de enero de 2006. De acuerdo con la Providencia, a partir del período fiscal enero 2006 los Contribuyentes deberán presentar las declaraciones de IVA y las declaraciones sustitutivas únicamente a través del portal http://www.seniat.gov.ve. Si no estén registrados en dicho portal, deberán inscribirse en las Divisiones de Asistencia alContribuyente de las Gerencias Regionales de Tributos Internos de su domicilio fiscal para que el SENIAT les asigne la correspondiente clave de acceso. Una vez presentada la declaración, los Contribuyentes tienen dos opciones para pagar el IVA: pagar electrónicamente a través del portal del Banco Industrial de Venezuela (http:// www.biv.com.ve) o imprimir la planilla generada por el sistema (forma99030) y pagar en las taquillas de contribuyentes especiales que le correspondan. Los excedentes de créditos fiscales que se generen a partir de la entrada en vigencia de la Providencia sólo serán reconocidos por el SENIAT cuando estén reflejados en las declaraciones presentadas. Este reconocimiento no menoscaba el derecho del SENIAT a ejercer sus facultades de verificación, fiscalización ydeterminación. El SENIAT podrá efectuar las notificaciones y comunicaciones relativas al cumplimiento o incumplimiento de la obligación de declarar y pagar el IVA a través de la dirección de correo electrónico que los Contribuyentes hayan suministrado al inscribirse en el portal http://www.seniat.gov.ve. Las modificaciones de la dirección de correo electrónico deberán ser notificadas a través de dichoportal. La Providencia establece que, excepcionalmente, cuando los Contribuyentes no puedan presentar la declaración de IVA a través del portal http:// www.seniat.gov.ve, deberán efectuarla ante la Gerencia Regional de Tributos Internos de su domicilio fiscal, de acuerdo con las especificaciones técnicas que establezca el SENIAT en dicho portal. Aunque la Providencia no lo indica, en estos casos nodebería aplicar la limitación relativa al reconocimiento de los excedentes de créditos fiscales. La Providencia tampoco indica cuáles son las causas que podrían impedir que se presenten las declaraciones electrónicas, pero suponemos que se trata de casos de fuerza mayor, como los problemas técnicos. vicio, a utilizar un documento que refleje el total diario de operaciones realizadas comoequivalente a la factura que debe emitirse por cada venta de combustible efectuada a consumidores finales (“Documento Equivalente”). La Providencia (Gaceta Oficial N° 38.233 del 21 de julio de 2005) entrará en vigencia el 1 de agosto de 2005. De acuerdo con la Providencia, el Documento Equivalente deberá cumplir con los requisitos exigidos en las normas que regulan la emisión de facturas y otrosdocumentos (Resolución N° 320 sobre las Disposiciones Relacionadas con la Impresión y Emisión de Facturas y otros Documentos, “Resolución 320”). Esto significa que para el Documento Equivalente podrán utilizarse los mismos formatos de facturas y mecanismos de impresión autorizados en la Resolución 320, pero en el Documento Equivalente deberá indicarse que se emite de conformidad con lo dispuesto en laProvidencia, sustituyendo únicamente, a los efectos del registro de la operación en el Libro de Ventas, los datos de identificación del comprador por la razón social y el Registro de Información Fiscal (RIF) del vendedor. Cuando se realicen ventas de combustibles a contribuyentes ordinarios o formales que requieran la factura como prueba del desembolso, o se emitan facturas o comprobantes por...
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