Nuevo Código Procesal y Civil Argentino sobre patria potestad
Si bien el camino elegido por Laura y Alejandro no es el más común entre quienes se separan o divorcian, los acuerdos de tenencia compartida han venido ganando terreno en nuestra sociedad de la mano de un nuevo modelo familiar donde madres y padres trabajan a la par. Deahí que en plan de adaptar el Código Civil a las transformaciones culturales que han tenido lugar en Argentina a lo largo de los últimas décadas, el proyecto impulsado por el gobierno nacional no sólo contempla esta opción sino que busca profundizarla.
La iniciativa busca que
el cuidado personal de
los hijos (su tenencia)
sea asumido por
ambos progenitores,
salvo en casos muy
excepcionalesRedactada por una comisión de prestigiosos juristas que integran Aída Kemelmajer, Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti entre otros, la iniciativa implica en este aspecto un cambio rotundo con respecto al marco normativo actual. Y es que en lugar de patria potestad introduce el concepto de responsabilidad parental, como el conjunto de deberes y derechos que corresponden a losprogenitores sobre sus hijos, y tiende a que ésta sea ejercida por ambos progenitores ya estén casados, separados o divorciados
Pero a su vez la iniciativa busca que los “cuidados personales de los hijos” (un equivalente a lo que hoy sería la tenencia) sean también asumidos por ambos progenitores, salvo casos excepcionales que tienen que ver en general con medidas de la Justicia en función del interéssuperior de los niños. En suma, de prosperar esta iniciativa, que se espera que sea tratada en el Congreso antes de fin de año, las casos de tenencias unilaterales tan comunes en nuestra sociedad podrían pasar a ser una rara excepción.
MADRES CUIDADORAS, PADRES PROVEEDORES
Hoy, ante una disputa por la tenencia de los hijos luego de una separación o un divorcio, la legislación vigente establece quelos menores de 5 años quedan a cargo de sus madres, salvo causas graves que afecten su interés superior, y los mayores de esa edad, a cargo de aquel progenitor que el juez considere más idóneo, y que en la mayoría de los casos son las mamás.
Como la patria potestad corresponde a quien ejerce legalmente la tenencia, lo que sucede en la práctica es algo que se observa a menudo entre parejasseparadas: las mujeres quedan abocadas al cuidado de los hijos, y los hombres, a proveerlos de sus necesidades materiales. Más allá de que esta fórmula responde a un modelo familiar que hoy casi no se ve (ya que tanto mujeres como hombres suelen trabajar fuera de su hogar), suele atentar además contra un desarrollo integral de los chicos.
Es frente a esta realidad que el proyecto de reforma plantearesguardar el interés de los niños basándose fundamentalmente en el derecho que tienen a crecer con sus dos progenitores presentes y manteniendo la responsabilidad de ambos en una situación de crisis familiar.
Al ofrecer “un marco normativo más amplio” y “con más elementos para contribuir a al abordaje del tema”, la reforma “evita que existan progenitores periféricos, que sólo están para cumplir losdeberes, ya que tiende a garantizar que ambos padres puedan participar activamente de la crianza y la formación integral de los hijos”, sostiene el doctor Miguel Gonzales Andía, especialista en Derecho de Familia y docente en la Facultad de Derecho de la UCLA.
Lo mismo señala su colega Cecilia Lopes, profesora de Derecho de Familia en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la UNLP. “Lo bueno de...
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