Obligaciones Del Vendedor Y Del Transportador
El transportador responde por la descarga de las mercancías especificadas en los manifiestos u otros documentos y tiene laobligación de depositarla en los recintos autorizados por la Aduana. En consecuencia quedan obligados a:
a. Permitir y facilitar la inspección que las autoridades aduaneras dispongan.
b.Presentar a las autoridades aduaneras o a a quienes estas indiquen, las mercancías junto con los manifiestos y demás documentos que amparan el transporte.
c. Asistir a la descarga, cargao transbordo de mercancías y hacer las observaciones que sean per tenientes, respecto a las condiciones de los bultos y a la cantidad comprendida en ele manifiesto.
d. Elaborarconjuntamente con las autoridades aduaneras, portuarias o aeroportuarias según corresponda un detalle de las de las diferencias que se encuentren entre cantidad de bultos u otras unidades realmentedescargas, cargadas o transbordadoras y las cantidades manifestadas. Asimismo estará obligado a presentar un detalle de las mercancías dañadas o averiadas.
e. Exhibir cuando lasautoridades aduaneras componentes lo requieran los libros de navegación y demás documentos que amparen los vehículos y las mercancías que conduzcan.
f. Mantener intactos los mecanismos decontrol y seguridad colocados por autoridades aduaneras en los medios de transporte y en bultos.
g. Restringir el ingreso de personas en las embarcaciones o aeronaves y cumplir con los demásdisposiciones aduaneras.
Las empresas de transporte de mercancías serán solidariamente responsables con los capitanes o conductores de los vehículos de su propiedad por el un cumplimientode las obligaciones señaladas.
Para dar cumplimiento a las exigencias de nuestra legislación deberán solicitarse al vendedor del exterior los siguientes documentos:
FACTURA COMERCIAL
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