Organizacion del estado mexicano
DEFINICION.
Los órganos constitucionales autónomos son aquéllos creados inmediata y fundamentalmente en la Constitución, y que no se adscriben a lospoderes tradicionales del Estado. También pueden ser los que actúan con independencia en sus decisiones y estructura orgánica, depositarios de funciones estatales que se busca desmonopolizar,especializar, agilizar, independizar, controlar y/o transparentar ante la sociedad, con la misma igualdad constitucional
LOS ORGANISMOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS DE MÉXICO
En México, a partir de 1980, laConstitución señala a cinco entidades como "autónomas":
* Las universidades a las que la ley otorgue tal carácter, en el artículo 3º, fracción VII (reforma publicada en el Diario Oficial de laFederación el 9 de junio de 1980).
* El Banco de México, en el artículo 28, párrafo 6 (reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 1993).
* El Instituto FederalElectoral, en el artículo 41, fracción. III (reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 1996).
* La Comisión Nacional de Derechos Humanos, en el artículo 102 "B"(reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de septiembre de 1999).
* Los Tribunales Agrarios, en el artículo 27, fracción. XIX (reforma publicada en el Diario Oficial de laFederación el 6 de enero de 1992).
TIPOS DE AUTONOMÍA
1. Técnica: es la capacidad de los organismos para decidir en los asuntos propios de la materia específica que les ha sido asignada,mediante procedimientos especializados, con personal calificado para atenderlos.
2. Orgánica o administrativa: que no dependen jerárquicamente de ningún otro poder o entidad.
3.Financiera-presupuestaria: que gozan de la facultad de definir y proponer sus propios presupuestos y, de disponer de los recursos económicos que les sean asignados para el cumplimiento de sus fines. Ello...
Regístrate para leer el documento completo.