Paro
La respuesta depende del tipode prestación que estuviera recibiendo el trabajador:
Subsidio por desempleo:
Si tiene cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) inferiores a 90 días, en cuyocaso sólo podrá reanudar el subsidio suspendido.
Si tiene cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) iguales o superiores a 90 días e inferiores a 360. En estecaso, y si cumple los requisitos para acceder a un subsidio por cotizaciones inferiores a doce meses, a la finalización del empleo podrá optar entre solicitar este nuevo subsidio o la reanudación delsubsidio suspendido.
Si tiene cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) iguales o superiores a 360 días: en este caso deberá necesariamente solicitar unaprestación contributiva nueva.
Prestación contributiva:
Si la duración del trabajo haya sido inferior a 360 días, en cuyo caso deberá necesariamente solicitar la reanudación de la prestación suspendida.Si la duración del trabajo o trabajos realizados desde la suspensión de la prestación haya sido igual o superior a 360 días, en cuyo caso podrá optar entre reabrir el derecho anterior por elperíodo que le restaba y las bases y tipos que le correspondían, o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones. Debe tener en cuenta que, cuando opte por la prestación anterior, lascotizaciones que generaron la prestación por la que no ha optado, se considerarán utilizadas, por lo que no podrán tenerse en cuenta para el reconocimiento de un derecho posterior de nivel contributivo o...
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