Pencion Alimenticia
C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO
EN MATERIA DE AMPARO PENAL
EN EL ESTADO DE NAYARIT.
P R E S E N T E.
EUSEVIO VELAZQUEZ GAVILANEZ, mexicano, casado, de ocupación agricultor, con domicilio conocido en el poblado de la Palma Nayarit; Municipio de San Blas, Nayarit; y señalando como domicilio para oír y recibir todotipo de notificaciones el que se ubica en calle Pino Suárez no. 264 de la colonia Benito Juárez de esta Ciudad de Tepic, Nayarit; y autorizando para que las reciba al C. Ignacio Meza Cortes y Ignacio Meza Medina, ante Usted, c. Juez, con el debido respeto comparezco para:
E X P O N E R:
Con fundamento en los artículos 103 y 107 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los numerales 114, 116 y demás aplicables de la Ley de Amparo, me presento a solicitando el Amparo y Protección de la Justicia Federal en contra de actos de las autoridades señaladas a continuación.
QUEJOSO.- El nombre y domicilio del quejoso han quedado expresados en el proemio de la presente demanda de Amparo indirecto.
TERCER PERJUDICADO.-Considero que no existe por ser de carácter penal y de existir dejo copias suficientes para que se le corra traslado de la presente demanda de garantías.
AUTORIDAD RESPONSABLE.- Como autoridad responsable ordenadora señalo al
A.- C. Juez Mixto de Primera Instancia de San Blas, Nayarit; con domicilio ampliamente conocido en el módulo de Atención Ciudadana de la Ciudad de San Blas, Nayarit.B).- Al C. Agente del Ministerio Público Titular de la mesa de trámite número uno y dos, con domicilio ampliamente conocido en el módulo de atención ciudadana de la ciudad de San Blas, Nayarit; Municipio de su propio nombre.
C).- Y Con el carácter de Ejecutoras: Al C. Procurador general de Justicia, en el Estado de Nayarit; con domicilio ampliamente conocido en Av.Tecnológico # 3200 en esta ciudad de Tepic, Nayarit.
D).- Al c. Director General de la Policía Judicial en el Estado de Nayarit, con domicilio ampliamente conocido en calle Av. Tecnológico # 3200 de esta Ciudad de Tepic, Nayarit.
E).- Al c. Comandante de la Base operativa de la Policía Judicial en el Estado de Nayarit, y en del poblado de San Blas, con domicilio ampliamenteconocido en los módulos de atención Ciudadana del Puerto de San Blas, Nayarit
F).- Al C. Director de Seguridad Publica, con domicilio ampliamente conocido en las Instalaciones de la Presidencia Municipal de San Blas, Nayarit.
4.- ACTO RECLAMADO.- De las autoridades señaladas como ordenadoras reclamo la posible E injusta orden de Aprehensión girada en mi contrasolicitada por el Agente del Ministerio Publico titular de la mesa de tramite número uno y dos del poblado de San Blas, sin haberse cumplido con su procedimiento de acuerdo a la reforma de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Así mismo reclamo, la posible orden de Detención y/o comparecencia , girada por los agentes de ministerios públicos señalados como autoridadresponsables en el presente escrito dentro del Expediente número SA/I/AP/012/12, tramitado de en la meza de tramite número uno, lo anterior sin que exista para ello fundamentación legal alguna, que acredite la existencia de algún delito y mucho menos la Presunta responsabilidad., Y de las Autoridades Ejecutoras, el cumplimiento de dicha orden.
5.- PRESECTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS .- Los quenos otorgan la Garantía de Seguridad Jurídica tutelada por los artículos 14 Y 16 de la Constitución General de la República Mexicana.
6.- FUNDAMENTO DE LA DEMANDA DE GARANTIAS.- Los artículos 103 y 107 de la Constitución General de la Republica, de igual manera los numerales 1, 2, 3, 4, 76 Bis, 114, 124, y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo.
CONCEPTOS DE VIOLACION.- Con...
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