Pensión por viudez
En caso de ser concubinas (uniones sin un acta legal) sólo pueden beneficiarse de una pensión cuando el hombre era soltero, viudo o divorciado. La pensión por viudez tiene un mínimo garantizado de un salario mínimo general para el Distrito Federal, que equivale aproximadamente a $1,869.90 mensuales ($62.33 Salario Mínimo General DF).
Además es complementaria; esdecir, tenerla pensión por viudez no excluye una posterior pensión por cesantía en edad avanzada. Esta clase de pensión expira al contraer la viuda nuevas nupcias o vivir en concubinato.
¿Cuándo empiezan y terminan los derechos?
• Por viudez comienza el día del fallecimiento del asegurado o pensionado y cesa con la muerte del beneficiario, o cuando la viuda(o) o concubina(rio) contraiganmatrimonio o entren en concubinato.
• Por orfandad comienza desde el día del fallecimiento del asegurado o pensionado y cesa con la muerte del beneficiario o cuando éste haya alcanzado los 16 años de edad o más, de acuerdo a las disposiciones correspondientes.
¿Cómo se reparte la pensión entre mis beneficiarios? Pensión por viudez.-
La viuda recibirá el 90% de la pensión que le hubieracorrespondido al finado como trabajador (o la que recibía, si ya estaba pensionado). Al perder el derecho a esta pensión, la última entrega será la suma global equivalente a tres anualidades de la pensión que disfrutaba.
Pensión por orfandad .-
Cada uno de tus hijos menores de 16 años (hasta de 25 si estudian, e incluso mayores de 25 si no pueden mantenerse por su propio trabajo) recibirán el 20% de lapensión que te hubiera tocado. Si el huérfano lo fuera de padre y madre, se le otorgará en las mismas condiciones una pensión igual al 30% de la misma base. Con la última mensualidad se otorgará al huérfano un pago final equivalente a tres mensualidades de su pensión.
¿Qué derechos tienen mis beneficiarios?
Si llegas a faltar, tus beneficiarios legales tendrán derecho a reclamar una pensiónante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ya sea por viudez, orfandad o de ascendientes. Sin embargo, si no reúnen los requisitos establecidos en la ley, se les otorgará una negativa de pensión. Eso no significa que tus recursos se pierdan, la Afore en la que tengas tus ahorros les entregará el dinero acumulado en tu cuenta individual (si hay varios beneficiarios, lo repartirá en partesiguales).
Debes considerar que el estatus en el que te encuentres ante el IMSS, es lo que determinará los derechos de tus beneficiarios, es decir, si eres un trabajador activo (te encuentras trabajando y realizas aportaciones a tu Afore), tus beneficiarios tendrán derecho, según el caso, a los recursos de tu cuenta individual o a una pensión; si ya estás pensionado, tus beneficiarios tendránderecho sólo a una pensión.
En el caso de beneficiarios sustitutos tendrán derecho únicamente a disponer de los recursos de tu cuenta individual. Antes deberán solicitar a un juez la designación de beneficiario sustituto, acudiendo ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, que emitirá el laudo correspondiente.
Los hijos, cónyuges y concubinas son las primeras figuras para recibir una pensión(por viudez y orfandad) para los cotizantes del IMSS. Sin embargo, en caso de no tener ninguno de estos lazos, los padres pueden solicitar una pensión por ascendencia.
Hay factores que afectan el derecho a pensión de los beneficiarios del trabajador como la inestabilidad en la cotización al IMSS.
Por ejemplo si un hombre de 40 años de edad le da un infarto fulminante.
Su viuda solamente pudo...
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