perdida nacionalidad chilena
1. Por nacionalización en país extranjero, salvo en el caso de aquellos chilenos comprendidos en los números 1,2 y 3, delartículo anterior que hubieren obtenido otra nacionalidad sin renunciar a su nacionalidad chilena y de acuerdo a lo establecido en el N° 4 del mismo artículo. La causal de pérdida de la nacionalidad chilenaseñalada precedentemente no regirá respecto de los chilenos que, en virtud de disposiciones constitucionales, legales o administrativas del Estado en cuyo territorio residan, adopten la nacionalidadextranjera como condición de su permanencia en él o de igualdad jurídica en el ejercicio de los derechos civiles con los nacionales del respectivo país.
2. Por decreto supremo , en caso de prestaciónde servicios durante una guerra exterior a enemigos de Chile o sus aliados.
3. Por sentencia judicial condenatoria por delitos contra la dignidad de la patria, o los intereses esenciales y permanentesdel Estado, así considerados por ley aprobada con quórum calificado. En estos procesos, los hechos se apreciarán siempre en conciencia.
4. Por cancelación de la carta de nacionalización.
5. Por leyque revoque la nacionalización concedida por gracia.
Los que hubieren perdido la nacionalidad chilena por cualquiera de las causales establecidas en este artículo, sólo podrán ser rehabilitados porley.
En los casos en que se ha perdido la Nacionalidad Chilena ¿Cómo se recupera? Procedimiento a seguir.4
En el caso señalado en el inciso segundo del número 1 del artículo 11 ya descrito, puedenrecuperar la nacionalidad chilena concurriendo, en el extranjero a los Consulados respectivos acompañando la respectiva Carta de Nacionalización , su pasaporte y la ley en virtud de la cual se lesobligó a adquirir la nacionalidad a la que quiere renunciar. También debe acompañar una Declaración jurada en que expresamente renuncia a la nacionalidad anterior.
La documentación se envía al...
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