personas fisicas y morales
El art 110 considera ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en lasutilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral. Para los efectos de este impuesto, se asimilan a estos ingresos los siguientes: remuneraciones y demás prestaciones obtenidas por funcionarios y trabajadores de la federación, rendimientos y anticipos que obtengan de sociedades y de los diversos honorarios. Antes de que se efectué elprimer pago de honorarios en el año de calendario de que se trate, las personas a que se refiere esta fracción deberán comunicar por escrito al prestatario en cuyas instalaciones se realice la prestación del servicio, si los ingresos que obtuvieron de dicho prestatario en el año inmediato anterior excedieron del 50% del total de los percibidos en dicho año de calendario por los conceptos a que serefiere la fracción II del artículo 120 de esta ley.
Lo referente a las actividades empresariales y profesionales se estipula en el art. 120 el cual hace mención a las personas físicas residentes en el extranjero que tengan uno o varios establecimientos permanentes en el país considerando los ingresos por actividades empresariales es decir actividades comerciales, industriales, agrícolas,ganaderas, de pesca o silvícolas ; los ingresos por la prestación de un servicio profesional y aquellas personas que perciban ingresos por condonaciones, quitas o remisiones de deudas relacionadas con la actividad empresarial o con el servicio profesional.
El tema referente a los ingresos por salarios en el art. 141 se considera a los provenientes del arrendamiento o subarrendamiento y en general porotorgar a titulo oneroso el uso o goce temporal de bienes inmuebles e cualquier otra forma y los rendimientos de certificados de participación inmobiliaria no amortizables. Articulo 146. Se consideran ingresos por enajenación de bienes, los que deriven de los casos previstos en el código fiscal de la federación. En los casos de permuta se considerara que hay dos enajenaciones. Se considerara comoingreso el monto de la contraprestación obtenida, inclusive en crédito, con motivo de la enajenación; cuando por la naturaleza de la transmisión no haya contraprestación, se atenderá al valor de avaluó practicado por persona autorizada por las autoridades fiscales. No se consideraran ingresos por enajenación, los que deriven de la transmisión de propiedad de bienes por causa de muerte, donación...
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