Plan de negociso
El menor habilitado de edad puede ejercer libremente el comercio y enajenar o gravar, en desarrollo del mismo, toda clase de bienes.
Los menores nohabilitados de edad que hayan cumplido 18 años y tengan peculio profesional, pueden ejercer el comercio y obligarse en desarrollo del mismo hasta concurrencia de dicho peculio.
Los menores adultos pueden, con autorización de sus representantes legales, ocuparse en actividades mercantiles en nombre o por cuenta de otras personas y bajo la dirección y responsabilidad de éstas.
||
|* La Ley 27 de 1977, publicada en el Diario Oficial No. 34.902, de 4 de noviembre de 1977, estableció la mayoría de edad a los 18|
|años, El artículo 340 del Código Civil otorgaba la habilitación de edad a partir de los 18 años. En este sentido quedó derogada |
|la habilitación deedad. |
| |
| |
|CorteConstitucional |
| |
|- La Corte Constitucional se declaró INHIBIDA de fallar sobre este artículo por ineptitud de la demanda, mediante Sentencia |
|C-534-05 de 24 demayo de 2005, Magistrado Ponente Dr. Humberto Antonio Sierra Porto. |
| |
ARTÍCULO 17. . Se perderá la calidad de comerciante por la incapacidad o inhabilidad sobrevinientes para el ejercicio del comercio.
ARTÍCULO21. . Se tendrán así mismo como mercantiles todos los actos de los comerciantes relacionados con actividades o empresas de comercio, y los ejecutados por cualquier persona para asegurar el cumplimiento de obligaciones comerciales.
ARTÍCULO 26. . El registro mercantil tendrá por objeto llevar la matrícula de los comerciantes y de los establecimientos de comercio, así como la inscripción de todoslos actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exigiere esa formalidad.
El registro mercantil será público. Cualquier persona podrá examinar los libros y archivos en que fuere llevado, tomar anotaciones de sus asientos o actos y obtener copias de los mismos.
ARTÍCULO 47. . Lo dispuesto en el presente Capítulo se aplicará exclusivamente al registro mercantil, sin perjuicio delas inscripciones exigidas en leyes especiales.
ARTÍCULO 72. . La fe debida a los libros es indivisible. En consecuencia, la parte que acepte en lo favorable los libros de su adversario, estará obligada a pasar por todas las enunciaciones perjudiciales que ellos contengan, si se ajustan a las prescripciones legales y no se comprueba fraude.
ARTÍCULO 77. .
||
|- Artículo derogado por el artículo 33 de la Ley 256 de 1996, publicada en el Diario Oficial No. 42.692 del 18 de enero de 1996. |
| |
|Corte Suprema de Justicia...
Regístrate para leer el documento completo.