predios urbanos
De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 9º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por D. S. Nº 156-2004-EF (en adelanteLTM), se encuentran obligados al pago del Impuesto Predial:
a) Los propietarios de predios ubicados en una jurisdicción distrital
b) Los titulares de concesiones otorgadas al amparo del D. S. Nº059-96-PCM, por el tiempo de vigencia de su contrato.
c) Los poseedores o tenedores de un predio a cualquier título, en calidad de responsables, cuando no sea posible determinar la existencia de unpropietario.
2. SUPUESTOS DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS DEL IMPUESTO PREDIAL
El Artículo 14º de la LTM, regula los supuestos en que existe obligación de presentar Declaración Jurada deImpuesto Predial:
SUPUESTOS
PLAZO
a) Con carácter general de manera
anual (salvo que la Municipalidad
cuente con el servicio de emisión
mecanizada en cuyo casoéste
substituye la obligación del
contribuyente)
a) Hasta el último día hábil del mes de
febrero, salvo prórroga dispuesta por la
Municipalidad
b) Cuando seefectúa la
transferencia de dominio de un
predio,
b) Hasta el último día hábil del mes siguiente de realizada la transferencia.
c) Cuando se efectúa el cambio detitular de la concesión o la
posesión del predio concesionado
se revierte al Estado.
c) Hasta el último día hábil del mes
siguiente de realizado el cambio detitular de la concesión o la restitución del predio al Estado.
d) Cuando el predio sufra
modificaciones en sus
características que sobrepasen elvalor de cinco (05) UIT (S/.18,000)
d) Hasta el último día hábil del mes
siguiente de realizada la modificación en
el predio.
e) Cuando lo determine la
Municipalidad...
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