prescripción del delito
Prescripción de los delitos
Artículo 100.- Por la prescripción se extingue la acción penal y las sanciones, conforme alos siguientes artículos.
Artículo 101.- La prescripción es personal y para ella bastará el simple transcurso del tiempo señalado por la ley.
Los plazospara la prescripción se duplicarán respecto de quienes se encuentren fuera del territorio nacional, si por esta circunstancia no es posible integrar unaaveriguación previa, concluir un proceso o ejecutar una sanción.
La prescripción producirá su efecto, aunque no la alegue como excepción el acusado. Los jueces lasuplirán de oficio en todo caso, tan luego como tengan conocimiento de ella, sea cual fuere el estado del proceso.
El artículo 131 CP determina que comonorma general prescribirán los delitos:
A los 20 años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de 15 o más años.
A los 15, cuando la pena máximaseñalada por la ley sea inhabilitación por más de 10 años, o prisión por más de 10 y menos de 15 años.
A los 10, cuando la pena máxima señalada por la leysea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de 10.
A los cinco, los demás delitos, excepto los de injuria y calumnia, que prescriben alaño.
Las faltas prescriben a los seis meses.
Los delitos de lesa humanidad y de genocidio y los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso deconflicto armado, no prescribirán en ningún caso. Tampoco prescribirán los delitos de terrorismo, si hubieren causado la muerte de una persona.
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