Prevencion
OBJETIVO (Cambio de conducta esperada) Que el trabajador(a) sea capaz de diferenciar un accidentes de trayecto de un accidentes común y aplique las medidas preventivaspara evitar la ocurrencia de éstos tipos de accidentes
INTRODUCCION: Son también accidentes de trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar detrabajo (ACCIDENTES DE TRAYECTOS: inciso 2° del artículo 5° de la Ley 16.744)
La circunstancia de haber ocurrido el accidente de trayecto deberá acreditarlo ante el respectivo organismoadministrador con un parte policial, constancia de carabineros o cualquier otro medio de prueba igualmente fehaciente. (Artículo 7 Título II Decreto Supremo N° 101) que se debe adjuntar al DIAT. (DenunciaAccidente del Trabajo.)
INTERPRETACIONES.- Para dar claridad a lo indicado por la ley tendríamos que preguntarnos:
¿Cuando corresponde a Accidente de Trayecto? Cuando el accidente ocurre:Trayecto directo de su casa al trabajo o viceversa o de una escuela a otra en el caso de los profesores.
Dentro del período de tiempo que habitualmente necesita para llegar a los destinos antes indicados.Se debe tener un parte policial o constancia de Carabineros que respalde la ocurrencia de los hechos.
¿Cuando no corresponde a Accidente de Trayecto?
Cuando se desvía del trayecto directo.Cuando se accidenta en el antejardín de su propia casa.
Cuando ocupa durante el trayecto, más tiempo que el promedio diario.
RECOMENDACIONES: DE TIPO PRECAUTORIA: Registrar en la empresa la direcciónde su casa habitación.;
Avisar a la empresa oportunamente los cambios de domicilios.; Solicitar a Carabineros copia del parte policial o constancia respectiva en casos de accidentes.RECOMENDACIONES: DE TIPO PREVENTIVA.: Adopte y/o aplique las siguientes medidas preventivas:
Para los Peatones: Abróchese los cordones de sus zapatos. Use calzado en buen estado. Camine, no corra.
Fíjese...
Regístrate para leer el documento completo.