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Páginas: 60 (14805 palabras) Publicado: 3 de agosto de 2013
PODER LEGISLATIVO
Ministerio del Trabajo y Previsión Social

SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y
ENFERMEDADES PROFESIONALES

(*) (**)

LEY Nº 16.744

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
Título I
OBLIGATORIEDAD, PERSONAS
PROTEGIDAS Y AFILIACION
Párrafo 1.º
Obligatoriedad
Art. 1.º Declárase obligatorio elSeguro Social contra Riesgos de Accidentes del
Trabajo y Enfermedades Profesionales, en la forma y condiciones establecidas en la
presente ley.

(*)

Publicada en el Diario Oficial de 01.02.68. El reglamento para la aplicación de esta ley fue aprobado
por el Decreto Supremo Nº 101, de Previsión Social (D.O.: 7.06.68), cuyo texto actualizado fue
publicado en Boletín Oficial Nº 200, septiembre de2005, p. 64 y ss. La última modificación a este
reglamento corresponde al Decreto Nº 73, de Previsión Social (D.O.: 7.03.06), publicado en Boletín
Oficial Nº 207, abril de 2006, p. 18 y ss.
El Decreto Nº 1.864, del Ministerio de Relaciones Exteriores (D.O.: 29.01.00), promulgó los
Convenios Nºs. 121 y 161 de la Organización Internacional del Trabajo, relativos a las prestaciones
en caso deaccidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y sobre los servicios de salud en el
trabajo, respectivamente (Boletín Oficial Nº 134, marzo de 2000, p. 42).

(**)

N. del E.: La transcripción de este texto, incorpora las modificaciones introducidas por las Leyes Nºs.
16.840 (D.O.: 24.05.68); 17.365 (D.O.: 6.10.70); 17.417 (D.O.: 23.03.71), 17.483 (D.O.: 13.09.71);
17.671 (D.O.:14.06.72); 17.940 (D.O.: 6.06.73); por el Decreto Ley Nº 1.548 de 1976 (D.O.: 9.09.76);
el D.F.L. Nº 90 de 1978, de Previsión Social (D.O.: 11.01.79); por los Decretos Leyes Nºs. 3.501 de
1980 (D.O.: 18.11.80); 3.536 de 1980 (D.O.: 7.01.81), y por las Leyes Nºs. 18.011 (D.O.: 1.07.81);
18.269 (D.O.: 28.12.83); 18.754 (D.O.: 28.10.88); 18.768 (D.O.: 29.12.88); 18.811 (D.O.: 14.07.89);
18.899 (D.O.:30.12.89); 19.394 (D.O.: 21.06.95); 19.454 (D.O.: 8.05.96); 20.067 (25.11.05); 20.101
(28.04.06), y 20.123 (16.10.06), que rige a contar del 14 de enero de 2007.

2

Párrafo 2.º
Personas protegidas
Art. 2.º Estarán sujetas, obligatoriamente, a este seguro, las siguientes personas:
a) Todos los trabajadores por cuenta ajena, cualesquiera que sean las labores que
ejecuten, sean ellasmanuales o intelectuales, o cualquiera que sea la naturaleza de la
empresa, institución, servicio o persona para quien trabajen, incluso los servidores
domésticos y los aprendices.
b) Los funcionarios públicos de la Administración Civil del Estado, municipales y
de instituciones administrativamente descentralizadas del Estado. 1
c) Los estudiantes que deben ejecutar trabajos que signifiquen unafuente de
ingreso para el respectivo plantel.
d) Los trabajadores independientes y los trabajadores familiares.
El Presidente de la República establecerá, dentro del plazo de un año a contar desde la
vigencia de la presente ley, el financiamiento y condiciones en que deberán incorporarse al
régimen de seguro de esta ley las personas indicadas en las letras b) y c) de este artículo.
No obstante,el Presidente de la República queda facultado para decidir la oportunidad,
financiamiento y condiciones en que deberán incorporarse al régimen de seguro que
establece esta ley a las personas indicadas en la letra d). 2 3 4 5
1

La Ley Nº 19.345 (D.O.: 7.11.94), dispuso la aplicación de esta ley a los trabajadores del sector público
que la misma norma señala.

2

El Decreto Supremo Nº102, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (D.O.: 25.08.69), reglamenta la
incorporación a este seguro de las personas nombradas en las letras b) y c) de este artículo (V.: Boletín
Oficial Nº 185, junio de 2004, p. 62).

3

El artículo único del D.L. Nº 1.548, de 9.09.76, declaró que el sentido y alcance de la facultad delegada a
que se refiere el inciso 2º de este artículo, “es...
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