principios procesales en matería laboral
ART. 685.- El proceso del derecho del trabajo será público, gratuito, inmediato, predominantemente oral y se iniciara a instancia de parte…, cuando la demanda del trabajador sea incompleta, en conato a que no comprenda todas las prestaciones que de acuerdo con la ley deriven de la acción intentada o procedente, conforme a los hechos expuestos por el trabajador,la junta, en el momento de admitir la demanda subsanará ésta... cuando la demanda sea obscura o vaga se procede en los términos del art. 873 de esta ley.
Art. 687.- en las comparecencias, escritos, promociones o alegaciones; no se exigirá forma determinada; pero las partes deberán presentar los puntos petitorios…
Art. 688.- Las autoridades administrativas y judiciales están obligadas dentrode la esfera de su competencia a auxiliar a las juntas.
CAPITULO II
DE LA CAPACIDAD Y PERSONALIDAD.
Art. 689.- Son partes en el proceso del trabajo las personas físicas y morales que acrediten su interés jurídico en el proceso y ejerciten sus acciones u opongan excepciones.
Art. 690.- Las personas que puedan ser afectadas por la resolución que se pronuncie en la solución de un conflicto.Art. 691.- los menores trabajadores tienen capacidad para comparecer a juicio sin necesidad de autorización alguna, pero en caso de no estar asesorados en juicio, la Junta solicitara la intervención de la PDT…
Art. 692.- las partes podrán comparecer a juicio en forma directa o por conducto de su apoderado legalmente autorizado… De acuerdo a las siguientes reglas:
Art. 693.- Las juntas podrántener por acreditada la personalidad e los representantes de los trabajadores o sindicatos sin sujetarse a las reglas del Art. Anterior.
Art. 694.- Los trabajadores, los patrones y los sindicatos, podrán otorgar poder por la simple comparecencia, previa identificación, ante las juntas del lugar de su residencia, para que los representen ante cualquier autoridad del trabajo; la personalidad d seacreditará con la copia certificada que se expida de la misma.
Art. 695.- Los representantes o apoderados podrán acreditar su personalidad conforme a los lineamientos anteriores, en c/u de los juicios en que comparezcan, exhibiendo copia simple fotostática…
Art. 696.- El poder que otorgue el trabajador para ser representado en juicio, se entenderá conferido para demandar todas las prestaciones…,aunque no se exprese en el mismo.
Art. 697.- Siempre que dos o más personas ejerciten la misma acción y opongan las mismas excepciones en un mismo juicio, deben litigar unidas y con una representación común, salvo que los litigantes tengan intereses opuestos.
Si se trata de las partes actoras, el nombramiento de representante común deberá hacerse en el escrito de demanda, o en la audiencia deconciliación, demanda y excepciones y ofrecimiento y admisión de pruebas, si se trata de la demandada, el nombramiento se hará en el escrito de contestación, o en el escrito que se ha hecho mención, si los nombramientos no lo hicieran los interesados dentro de los términos señalados, la J. C. y A. lo hará escogiéndolo dentro de los propios interesados.
El representante común tendrá los derechos,obligaciones y responsabilidades inherentes a un mandato judicial.
CAPITULO III
DE LAS COMPETENCIAS
ART. 698.- Será competencia de las juntas locales de Conciliación y de Conciliación y Arbitraje de las Entidades Federativas, de los conflictos que se susciten dentro de su jurisdicción, que no sea de la competencia de las Juntas Federales.
Las juntas Federales de Conciliación y Federal deConciliación y Arbitraje, conocerán de los conflictos de trabajo cuando se trate de las ramas industriales, empresas o materias contenidas en los Artículos 123, Apartado A, fracción XXXI de la Constitución Política y 527 de esta ley.
Art. 699.- Cuando en los conflictos a que se refiere el párrafo primero del artículo que antecede, se ejerciten en la misma demanda acciones relacionadas con...
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